Riesgos de ahorrar dinero a nombre de los padres
El riesgo de herencia conyugal del titular Cuando el titular tiene un accidente o accidente conyugal, todos los bienes a nombre del titular deben dividirse en bienes conyugales o heredarse como herencia. Debido a que muchas acciones de plica son confidenciales o enteramente verbales, el cónyuge y los herederos del custodio no conocen la existencia del plica. En este momento, dado que no hay evidencia definitiva, la propiedad en custodia se dividirá y se heredará como propiedad del custodio. Incluso si existe un acuerdo de consignación, debido a la ambigüedad de la relación jurídica, es fácil generar disputas sobre la confirmación de los derechos y la relación de consignación puede considerarse inválida, lo que resulta en la pérdida de la propiedad de la consignación. En este caso, los hermanos tienen derecho a la partición. Riesgo de deuda: dado que la propiedad encomendada se coloca a nombre del titular encomendado, una vez que el titular encomendado tenga un problema de deuda, habrá un riesgo de que la propiedad encomendada sea liquidada como activo de pago de deuda del titular encomendado. En la práctica, existen innumerables situaciones de este tipo. Cuando surgen disputas sobre deudas debido a las propias circunstancias del propietario, los fondos confiados son congelados, preservados o ejecutados por el tribunal de vez en cuando. Además, en casos individuales anunciados por el Tribunal Supremo, los acreedores solicitaron la ejecución forzosa de los fondos retenidos en su nombre, y los verdaderos propietarios plantearon objeciones a la ejecución y solicitaron su suspensión, pero el tribunal no la apoyó. Aunque China no es un país con jurisprudencia, tal sentencia no es vinculante para la aplicación legal de otros casos, pero es suficiente para mantenernos alerta.
Base jurídica: El artículo 127 del Código Civil establece que la herencia debe realizarse en el siguiente orden:
(1) Primer orden: cónyuge, hijos, padres;
(2) Segundo orden: hermanos, abuelos, abuelos maternos.
Comenzada la herencia, heredarán los herederos de primer orden, y los herederos de segunda orden no heredarán; si no hay heredero de primera orden, heredarán los herederos de segunda orden; .
Los hijos mencionados en este apartado incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.
Los padres mencionados en esta sección incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con relación de custodia.
Los hermanos y hermanas a los que se hace referencia en esta sección incluyen hermanos y hermanas con los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros con relaciones de dependencia.