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El efecto jurídico de un testamento

Análisis jurídico: El efecto jurídico del testamento;

(1) El testamento autoescrito debe estar redactado y firmado por el propio testador, debiendo indicarse el año, mes y día.

(2) Se puede hacer un testamento oral en caso de emergencia y debe ser presenciado por dos o más personas no relacionadas. Si se hace un testamento registrado, también deben estar presentes dos o más testigos.

(3) Si el testador entrega el testamento a otros, deberá ser presenciado por dos o más testigos, uno de los cuales será el testador. Después de leer el testamento frente al testador, este aprueba y escribe el año, mes y día. y firmado por el escribano, otros testigos y el testador.

(4) Para la certificación notarial del testamento, el testador solicita la certificación notarial a la notaría local. Un testamento notariado tiene el efecto probatorio más fuerte legalmente. En beneficio del testador, la notaría mantiene la confidencialidad del contenido del testamento.

(5) Independientemente de la forma en que se otorgue el testamento, el testador debe tener capacidad jurídica. No puedes hacer testamento si no puedes expresarte correctamente por enfermedad u otros motivos.

(6) El contenido del testamento debe ser concreto, claro y verdadero. Si el contenido del testamento es vago y general, es probable que sea difícil ejecutarlo después de la muerte del testador debido a una comprensión poco clara del testamento.

(7) El contenido del testamento no violará la ley y no privará de sus derechos sucesorios a quienes tienen la obligación de sustentar, carecen de capacidad de trabajo y no tienen fuente de ingresos.

Base jurídica: Artículo 133 del Código Civil de la República Popular China. La persona natural podrá otorgar testamento para disponer de bienes muebles de conformidad con las disposiciones de esta ley, pudiendo nombrar un albacea.

Una persona física puede otorgar testamento especificando que los bienes muebles serán heredados por uno o más herederos legales.

Una persona física puede otorgar testamento y donar bienes muebles al Estado, a una colectividad o a una organización o individuo distinto del heredero legal.

Las personas físicas pueden constituir fideicomisos testamentarios de conformidad con la ley.