Declaración de superdeducción para empresas de alta tecnología
Deducción adicional significa que de acuerdo con las disposiciones de la ley tributaria, sobre la base del monto real de los gastos que se deducen antes de impuestos, se agrega una cierta proporción como deducción adicional antes de impuestos permitida al calcular Incentivos fiscales sobre la renta. La superdeducción de gastos de I+D puede entenderse generalmente como: si una empresa aumenta su inversión en gastos de I+D, puede disfrutar de las correspondientes medidas fiscales preferenciales de conformidad con la ley. Con el fin de alentar a las pequeñas y medianas empresas de base tecnológica a aumentar la inversión en I+D y mejorar sus capacidades de innovación tecnológica, en 2022, el Estado aumentará aún más la implementación de la política de superdeducción para gastos de I+D y aumentará el índice de superdeducción para las pequeñas y medianas empresas de base tecnológica del 75% al 100%. Los principales contenidos de la política preferencial para la superdeducción de gastos de investigación científica para pequeñas y medianas empresas en ciencia y tecnología son: 1. Para los gastos generales de I+D de la empresa, el 75% de los gastos de I+D realmente incurridos durante las actividades de I+D de la empresa serán deducido sobre la base de las deducciones reales, se deducirá el 75% del monto real antes de impuestos si se forman activos intangibles, antes del 31 de diciembre de 2023, se amortizará el 175% del costo de los activos intangibles antes de impuestos. Los gastos pertinentes incurridos por las empresas en actividades de diseño creativo para obtener productos innovadores, creativos y revolucionarios pueden deducirse antes de impuestos de conformidad con las disposiciones de la política de súper deducción para gastos de investigación y desarrollo. 2. El coeficiente de superdeducción para los gastos de I+D de las empresas manufactureras se incrementa al 100%. Se aumentarán al 100% los gastos de I+D realmente incurridos por las empresas manufactureras en la realización de actividades de I+D, que no constituyen activos intangibles y se incluyen en las ganancias y pérdidas corrientes. deducido según las regulaciones de 2021 sobre la base de las deducciones reales. A partir del 1 de enero de 2021, se deducirá el 100% del monto real antes de impuestos si se forman activos intangibles, a partir del 1 de enero de 2021, el 200% del costo; de los activos intangibles se amortizarán antes de impuestos. Las declaraciones de prepago mensual pueden disfrutar del descuento preferencial en la superdeducción de gastos de I+D por adelantado (1) A partir del 1 de enero de 2021, las empresas pueden solicitar el prepago de octubre en el tercer trimestre del año (prepago trimestral) o septiembre (prepago mensual) Al pagar el Impuesto sobre Sociedades, se puede optar por disfrutar de la política de superdeducción preferencial por gastos de I+D en el primer semestre del año. Las empresas también pueden optar por no disfrutar del descuento de súper deducción para gastos de I+D en la primera mitad del año cuando paguen por adelantado en octubre, pero sí los disfrutarán cuando realicen la liquidación final el año siguiente. (2) En 2021, cuando las empresas paguen anticipadamente en octubre y declaren el Impuesto sobre Sociedades del tercer trimestre (pago anticipado trimestral) o de septiembre (pago anticipado mensual), podrán optar por disfrutar de la política de superdeducción preferencial por gastos de I+D en los tres primeros trimestres. Quienes no opten por disfrutar del trato preferencial durante el periodo de presentación de prepagos de octubre podrán disfrutarlo de manera uniforme a la hora de tramitar la liquidación definitiva del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2021 en 2022. 4. Se incrementa hasta el 100% la ratio de superdeducción de los gastos de I+D de las pequeñas y medianas empresas tecnológicas (válida a partir de 2022, no aplicable a la liquidación anual de 2021 de los gastos de I+D efectivamente realizados por las pequeñas y medianas empresas tecnológicas). Las empresas que realizan actividades de I + D no forman activos intangibles si se incluyen en las pérdidas y ganancias corrientes, sobre la base de las deducciones reales de acuerdo con la normativa, a partir del 1 de enero de 2022, se realizará una deducción adicional antes de impuestos basada en 100. % del monto real incurrido si se forman activos intangibles, a partir del 1 de enero de 2022 A partir del día 1, los activos intangibles se amortizarán antes de impuestos al 200% del costo. ¿Qué gastos se pueden clasificar como gastos de I+D? 1. Gastos de personal: sueldos y salarios del personal directamente dedicado a actividades de I+D, primas del seguro de pensiones básico, primas del seguro médico básico, primas del seguro de desempleo, primas del seguro de accidentes de trabajo, primas del seguro de maternidad y fondos de previsión para la vivienda, y costes laborales del personal externo de I+D. 2. Costes de inversión directa: (1) Costes de materiales, combustibles y energía consumidos directamente por las actividades de I+D. (2) Honorarios de desarrollo y fabricación de moldes y equipos de proceso utilizados para pruebas intermedias y producción de prueba de productos, honorarios de compra de muestras, prototipos y métodos de prueba generales que no constituyen activos fijos, y honorarios de inspección de productos de producción de prueba. (3) Gastos de operación, mantenimiento, ajuste, inspección, reparación y otros de instrumentos y equipos utilizados para actividades de I+D, así como honorarios de alquiler de instrumentos y equipos alquilados para actividades de I+D mediante arrendamientos operativos. 3. Gastos de depreciación: gastos de depreciación de instrumentos y equipos utilizados para actividades de investigación y desarrollo. 4. Gastos de amortización de activos intangibles: gastos de amortización de software, patentes, tecnologías no patentadas (incluidas licencias, tecnologías propietarias, diseños y métodos de cálculo, etc.) utilizados para actividades de investigación y desarrollo. 5. Honorarios de diseño de nuevos productos, honorarios de formulación de protocolos de nuevos procesos y honorarios de ensayos clínicos para el desarrollo de nuevos medicamentos: se refieren a los gastos incurridos y realizados por la empresa durante el proceso de diseño de nuevos productos, formulación de protocolos de nuevos procesos, ensayos clínicos de nuevos desarrollo de fármacos y ensayos de campo de tecnología de exploración y desarrollo. Gastos diversos relacionados con esta actividad.
6. Otros gastos relacionados: se refiere a otros gastos directamente relacionados con las actividades de I+D, como honorarios de materiales de libros técnicos, honorarios de traducción de datos, honorarios de consultoría de expertos, honorarios de seguros de I+D de alta tecnología, recuperación, análisis, evaluación, demostración, tasación y revisión. de resultados de I+D, evaluación, tasas de aceptación, tasas de solicitud de propiedad intelectual, tasas de inscripción, tasas de agencia, gastos de viaje, tasas de conferencias, etc. El importe total de este gasto no podrá exceder del 10% del importe total de los gastos de I+D que puedan ser superdeducidos.