Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Es válida una copia del testamento?

¿Es válida una copia del testamento?

Un testamento se refiere a un acto jurídico por el cual una persona maneja su patrimonio u otros asuntos de la manera prescrita por la ley dentro del alcance permitido por la ley durante su vida, y entra en vigor cuando el creador muere.

No es nada nuevo que los hermanos se conviertan en enemigos por su herencia en la vida, por lo que mantener un testamento existente es una forma efectiva de resolver disputas. Pero si se pierde el testamento original, ¿será válida la copia? En la práctica, dado que las copias son fáciles de modificar, su efecto de certificación correspondiente es muy bajo. Si el testamento ha sido notariado y certificado ante notario, puede solicitar a la notaría recuperar el documento del testamento original después de perder la certificación notarial original. Pero si se hace en otras formas, será difícil probar la validez del testamento conservando únicamente una copia. Si otros herederos (incluidos los herederos legales) están de acuerdo y no tienen objeciones, la copia puede utilizarse como base para la herencia. De lo contrario, la copia no tendrá ningún efecto legal y no será aceptada por el tribunal como prueba válida en un litigio.

Base jurídica:

Artículo 49 del Tribunal Supremo Popular sobre pruebas en litigios civiles.

Al contrainterrogar prueba documental, prueba física y materiales audiovisuales, las partes tienen derecho a exigir la presentación de documentos u objetos originales. Las excepciones incluyen una de las siguientes circunstancias:

(1) Es realmente difícil presentar el documento original o la cosa original, y el tribunal popular permite que la persona presente la copia o copia;

(2) El documento original o el artículo original ya no existe, pero existe evidencia que demuestra que la copia o reproducción es consistente con el artículo o artículo original.

Artículo 69 del Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre Prueba en Litigios Civiles.

Las siguientes pruebas no pueden utilizarse por sí solas como base para determinar los hechos del caso:

(1) Testimonio prestado por un menor que no guarda proporción con su edad y estado mental ;

(2) Testimonios emitidos por testigos que tengan interés en las partes o sus agentes;

(3) Materiales audiovisuales que sean cuestionables;

(4) Incompatibles con los documentos u objetos originales Copias y duplicados para su verificación;

(5) Testimonios de testigos que no comparecen ante el tribunal a declarar sin motivos justificables.

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