Medidas para la administración de la transferencia de créditos bancarios
Análisis jurídico: En primer lugar, la transferencia de los derechos del acreedor por parte del banco no viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos, y el contrato debe considerarse válido. En segundo lugar, los bancos comerciales pueden transferir derechos de préstamo a personas jurídicas, personas físicas, otras organizaciones, instituciones financieras e instituciones no financieras. En tercer lugar, la transferencia de créditos específicos es la transferencia de derechos contractuales por parte del acreedor a un tercero. No pertenece a la actividad empresarial de otorgar préstamos a objetos no especificados en la sociedad y no implica la calificación para participar en negocios de préstamos. . El cesionario no necesita estar calificado para participar en negocios de préstamos. Al mismo tiempo, este comportamiento no es un acto para eludir la prohibición de otorgar préstamos entre empresas no financieras. Cuarto, la transferencia de derechos de préstamo por parte de los bancos comerciales a inversores sociales debe operar normalmente: para establecer sistemas de gestión de riesgos, sistemas de control interno y otros sistemas correspondientes y procedimientos de aprobación internos, los derechos de préstamo transferidos deben divulgarse en forma de subastas a formar un precio justo. Quienes transfieran créditos bajo supervisión social deben informar a la CBRC o a la agencia local y aceptar la supervisión e inspección de las autoridades reguladoras.
Base jurídica: Artículo 547 del Código Civil de la República Popular China. Si un acreedor transfiere un derecho de acreedor, el cesionario obtendrá derechos accesorios relacionados con el crédito, excepto cuando los derechos accesorios pertenezcan exclusivamente al acreedor. La adquisición de derechos subordinados por parte del cesionario no se verá afectada por la falta de cumplimiento de los trámites de registro de transferencia o de transferencia de posesión de los derechos subordinados.