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¿Existe relación laboral entre el empleador y la niñera?

Análisis jurídico: La relación entre la niñera y el empleador no es una relación laboral, sino una relación laboral, por lo que el contrato laboral no aplica a esta situación. Un contrato de trabajo es “un contrato en el que el empleado presta servicios al empleador por un período de tiempo determinado o indefinido, y el empleador paga una remuneración”. De hecho, en la relación laboral, existe una relación personal específica entre el empleador y el empleado, es decir, el comportamiento del empleado durante el período de empleo está controlado y restringido por la voluntad del empleador, y existe una relación de interés específica entre el empleador. y el empleado, es decir, el comportamiento del empleado durante el período de empleo está controlado y restringido por la voluntad del empleador. El comportamiento durante el período de empleo crea directamente beneficios económicos y otros beneficios materiales para el empleador, el empleador soporta este beneficio y el empleado. recibe la remuneración correspondiente. Precisamente por la relación especial entre trabajadores y empleadores, la relación laboral tiene rasgos distintivos que la distinguen de otras relaciones:

1.

2. Los empleados tienen ciertos sentimientos personales hacia su empleador. Los empleados no tienen derecho a trabajar de forma independiente. Los empleadores pueden cambiar las descripciones de sus puestos en cualquier momento. El trabajo de un empleado está sujeto a la supervisión del empleador. Los empleadores también pueden castigar a los empleados cuando cometen errores o violan la disciplina laboral.

3. La fuerza laboral de los empleados se ha comercializado y los empleadores pueden beneficiarse de los servicios de los empleados.

4.

Base jurídica: “Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China”.

Artículo 3 La celebración del contrato de trabajo seguirá los principios de legalidad, equidad, igualdad y voluntariedad, consenso mediante consulta y buena fe. Un contrato de trabajo celebrado de conformidad con la ley es vinculante y el empleador y el empleado deben cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato de trabajo.

Artículo 10 Para establecer una relación laboral se deberá celebrar un contrato de trabajo por escrito. Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, se debe celebrar un contrato laboral escrito dentro de un mes a partir de la fecha de empleo. Si el empleador y el empleado celebran un contrato laboral antes del empleo, la relación laboral se establece a partir de la fecha del empleo.

Artículo 36 El empleador y el trabajador podrán negociar la resolución del contrato de trabajo.