¿Cuáles son las disposiciones legales para el delito de captación ilegal de fondos?
Fundamento jurídico
Artículo 176 de la "Ley Penal" Quien absorba ilegalmente depósitos públicos o los absorba en forma encubierta y perturbe el orden financiero será condenado a pena privativa de libertad de no menos de más de tres años o se podrá imponer una multa de forma simultánea o única si el importe es elevado o concurren otras circunstancias graves, la persona será condenada a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de 10; años, y también se le impondrá una multa si la cantidad es especialmente elevada o si concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a una pena de prisión de no menos de diez años y también se le impondrá una multa de oro. Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, será multada y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si la persona comete los actos previstos en los dos párrafos anteriores y devuelve activamente los bienes robados antes de iniciar una acción pública para reducir el daño, se le podrá imponer una pena más leve o reducida.