Disposiciones legales para los hijos nacidos fuera del matrimonio
1. Los hijos nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los nacidos dentro del matrimonio y tienen derecho a heredar la herencia de sus padres biológicos; /p>
2. La parte que no cría directamente a un hijo ilegítimo debe pagar la pensión alimenticia y asumir la obligación de sustentar al hijo.
Base Legal
Artículo 1071 del Código Civil
Los hijos nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los nacidos dentro del matrimonio, y ninguna organización o individuo podrá perjudicarlos o discriminarlos.
El padre o la madre biológicos que no críen directamente a los hijos nacidos fuera del matrimonio tendrán la responsabilidad de criar a los hijos menores de edad o a los hijos adultos que no puedan vivir de forma independiente.
Artículo 1058
El marido y la mujer tienen iguales derechos en la crianza, educación y protección de los hijos menores, y tienen conjuntamente la obligación de criar, educar y proteger a los hijos menores.