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¿Constituye fraude la repetición de hipotecas?

Subjetividad jurídica:

Si la hipoteca repetida constituye fraude y si la hipoteca repetida constituye un delito depende de las circunstancias específicas. En casos graves, se puede sospechar de un delito. Los derechos del acreedor garantizados por el deudor hipotecario no excederán del valor del bien hipotecado. Hipotecada la cosa, si su valor es mayor que el saldo de los derechos del acreedor garantizado, podrá hipotecarse nuevamente, pero no excederá del saldo. Si continúa hipotecando sus bienes después de registrar la hipoteca y no se registra la hipoteca posterior, ocultando el hecho de que la hipoteca ha sido constituida, puede constituir fraude. 1. Hipoteca se refiere a un acuerdo escrito entre el deudor hipotecario y el acreedor para no transferir la posesión del inmueble hipotecado y utilizar el inmueble como garantía de los derechos del acreedor. Cuando el deudor no cumple con sus deudas, el acreedor tiene derecho a recibir el pago prioritario con descuento o con el producto de la subasta o venta del bien de conformidad con la ley. Una hipoteca se refiere a un acuerdo escrito entre el deudor hipotecario y el acreedor hipotecario (acreedor) para no transferir la posesión de la propiedad hipotecada y utilizar la propiedad como garantía de los derechos del acreedor. Cuando el deudor no cumple con sus deudas, el acreedor tiene derecho a recibir el pago prioritario con descuento o con el producto de la subasta o venta del bien de conformidad con la ley. Bienes hipotecables Artículo 395 Pueden hipotecarse los siguientes bienes sobre los cuales el deudor o un tercero tienen derecho a disponer: (1) Edificios y demás bienes inmuebles (2) Derechos de uso de terrenos para construcción; (3) Área de mar; uso (4) Equipos de producción, materias primas, productos y productos semiacabados (5) Edificios, barcos y aeronaves en construcción (6) Vehículos (7) Otros bienes no prohibidos por las leyes y reglamentos administrativos; El deudor hipotecario podrá hipotecar conjuntamente los inmuebles enumerados en el párrafo anterior. Bienes que no pueden ser hipotecados; el artículo 399 del Código Civil prohíbe el alcance de los bienes hipotecados: (1) Propiedad de la tierra (2) Derechos de uso de la tierra de propiedad colectiva, como viviendas, terrenos privados; colinas privadas, etc. Excepto aquellas que pueden ser hipotecadas según la ley (3) Instalaciones educativas, instalaciones médicas y de salud y otras instalaciones de bienestar público de personas jurídicas sin fines de lucro establecidas con fines de bienestar público, como escuelas, jardines de infancia, instituciones médicas, etc.; (4) Los derechos de propiedad y uso no están claros o están en disputa (5) Bienes sellados, detenidos o bajo supervisión de conformidad con la ley (6) Otros bienes que no pueden hipotecarse de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos; Estas son las respuestas a estas preguntas. Si la hipoteca doble es un delito depende de las circunstancias específicas. En casos graves, se puede sospechar de un delito. Espero que ayude a todos. Si necesita ayuda a este respecto, el sitio web ofrece servicios de consulta de abogados en línea y puede realizar consultas legales.