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Reglamento de protección de patentes de Qingdao

Artículo 1 Para proteger los derechos de patente de invenciones y creaciones, estas regulaciones se formulan de acuerdo con las disposiciones de la "Ley de Patentes de la República Popular de China" y las "Reglas de Implementación de la Ley de Patentes de la República Popular de China". " y en combinación con la situación actual de esta ciudad. Artículo 2 Este reglamento se aplica a las actividades de protección de patentes como la gestión de patentes, el manejo administrativo y la mediación de disputas sobre patentes, la investigación y el manejo de violaciones de patentes, etc. dentro del área administrativa de esta ciudad. Artículo 3 Los departamentos de gestión de patentes de los gobiernos populares municipales y distritales (municipales) (en adelante, departamentos de gestión de patentes) son responsables de la protección de patentes de acuerdo con sus funciones.

Los departamentos pertinentes, como los de ciencia y tecnología, economía y comercio, seguridad pública y administración industrial y comercial, harán un buen trabajo en la protección de patentes de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 4 Los gobiernos populares municipales y distritales (municipales) establecerán fondos especiales para patentes para financiar unidades e individuos en este municipio para solicitar patentes nacionales y extranjeras y apoyar la transformación de tecnologías patentadas en este municipio. Artículo 5 El departamento de gestión de patentes fortalecerá la publicidad y popularización del conocimiento sobre protección de patentes, orientará a los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones para que lleven a cabo trabajos de protección de patentes, y orientará a empresas e instituciones para que establezcan y mejoren sus propios sistemas de gestión de patentes.

Los departamentos de gestión de patentes deben fortalecer la construcción de redes de información sobre patentes y proporcionar información sobre protección de patentes y otros servicios de información sobre patentes a la sociedad. Artículo 6 Las asociaciones industriales pertinentes deben alentar a sus miembros a solicitar e implementar patentes, apoyarlos en la salvaguardia de los derechos de patente independientes y educar e instar a los miembros a respetar los derechos de patente de los demás. Artículo 7 Los proyectos de investigación y desarrollo y los proyectos de transformación tecnológica incluidos en planes gubernamentales o inversiones gubernamentales deben ser objeto de búsqueda de patentes. Si posibles invenciones y creaciones requieren una solicitud de patente, los departamentos administrativos pertinentes y las unidades de ejecución de proyectos aclararán la propiedad de los derechos de solicitud de patente y los derechos de patente, así como las medidas para la protección, implementación y promoción de patentes. Artículo 8 Los departamentos administrativos pertinentes considerarán la cantidad y calidad de los derechos de patente y la perfección del sistema de gestión de patentes como elementos importantes para identificar empresas de alta tecnología y centros de tecnología empresarial. Artículo 9 Las agencias de servicios intermediarios de patentes que se dedican a la agencia de patentes, la evaluación de patentes y otros negocios deberán realizar los procedimientos de registro de conformidad con la ley. La agencia de registro enviará una copia de los materiales de registro al departamento de gestión de patentes. El departamento de gestión de patentes debería fortalecer la orientación y supervisión de las agencias de servicios intermediarios de patentes.

Las agencias de servicios intermediarios de patentes y su personal deberán cumplir con las disposiciones de las leyes y reglamentos, y no coludirán con las partes para buscar beneficios indebidos, no divulgarán los secretos comerciales de las partes y no dañarán a los solicitantes de patentes. , titulares de patentes y otras partes con derechos e intereses legítimos o intereses públicos sociales. Artículo 10 Si el titular de la patente o el interesado cree que se ha infringido el derecho de patente, podrá solicitar al departamento municipal de administración de patentes que se ocupe del asunto o presentar una demanda ante el Tribunal Popular.

Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones pueden solicitar al departamento municipal de gestión de patentes que confirme que no han infringido los derechos de patente de otros. Artículo 11 Para solicitar al departamento municipal de administración de patentes que se ocupe de las disputas sobre patentes enumeradas en el artículo 10 de este reglamento, se deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) El peticionario es un ciudadano, persona jurídica u otra persona quién tiene un interés directo en la organización del caso;

(2) Hay un demandado claro;

(3) Hay solicitudes, hechos y razones específicas;

(4) La aceptación pertenece a Asuntos relacionados con el Departamento Municipal de Gestión de Patentes;

(5) La parte interesada no presenta una demanda ante el Tribunal Popular. Artículo 12 Al solicitar al departamento municipal de administración de patentes que se ocupe de una disputa por infracción de patente, se deberá presentar una solicitud y las pruebas pertinentes, y se presentarán copias de la solicitud de acuerdo con el número de personas solicitadas.

Solicitar al departamento municipal de gestión de patentes que maneje una disputa sobre la confirmación de no infracción de los derechos de patente, una solicitud, el texto del anuncio de autorización de la patente, evidencia de que el titular de la patente o las partes interesadas creen que la patente se infringe la infracción y prueba de que el titular de la patente o la parte interesada cree que infringe la patente. El portador correspondiente de la tecnología adecuada, y presentará copias de la carta de solicitud de acuerdo con el número de personas solicitadas. Artículo 13 El departamento municipal de gestión de patentes decidirá si acepta la solicitud dentro de los siete días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de resolución de disputas sobre patentes y las pruebas pertinentes, y notificará al solicitante por escrito. Si decide aceptar la solicitud, el departamento municipal de administración de patentes enviará una copia de la solicitud al demandado dentro de los cinco días siguientes a la fecha de aceptación.

El demandado deberá presentar su defensa dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de copia de la solicitud. Si el demandado no presenta una declaración de defensa, esto no afectará el manejo del caso por parte del departamento municipal de gestión de patentes. Artículo 14 Durante la tramitación de disputas por infracción de patentes, si el demandado presenta una solicitud de invalidación de derechos de patente y la solicitud es aceptada por la Junta de Reexamen de Patentes, podrá solicitar al departamento municipal de gestión de patentes que suspenda la tramitación.

Sin embargo, el departamento municipal de gestión de patentes no suspenderá la tramitación bajo ninguna de las siguientes circunstancias:

(1) El motivo de la solicitud del demandado de declarar inválida la patente es obviamente insostenible o las pruebas aportadas son evidentemente insuficientes. ;

(2) El informe de búsqueda emitido por el peticionario no encontró documentos técnicos que hicieran que la patente de modelo de utilidad perdiera novedad y creatividad;

(3) La tecnología implementada por el demandado no está dentro del alcance de protección del derecho de patente dentro;

(4) La evidencia proporcionada por el demandado demuestra que la tecnología que implementa pertenece al estado de la técnica antes de la fecha de solicitud de la patente;

(5) El departamento de gestión de patentes considera que la tramitación no debería suspenderse en otras situaciones.

Si el demandado solicita suspender el manejo de una disputa por infracción de patente, deberá presentar una solicitud de invalidación del derecho de patente y los materiales de evidencia relevantes, así como un aviso de aceptación de la solicitud de invalidación emitida. por la Junta de Reexamen de Patentes.