¿Tiene una organización no incorporada calificaciones jurídicas?
Análisis legal
Una organización no incorporada es una organización relativamente estable, con derechos civiles y capacidades de conducta civil correspondientes, y una determinada estructura organizacional y propiedad, pero no tiene calificaciones de persona jurídica. En términos generales, es una organización asociada. En esta organización, todos deben asumir las responsabilidades correspondientes. Cualquier organización o empresa debe cumplir las disposiciones pertinentes de la Constitución y las leyes y no puede actuar por iniciativa propia. Si hay problemas relacionados en esta organización o empresa, todos en la organización tienen la responsabilidad de asumir las obligaciones correspondientes y no pueden eludir a una sola persona. Una organización no incorporada se refiere a una organización que no tiene personalidad jurídica pero que puede dedicarse a actividades civiles en su propio nombre de acuerdo con la ley. Las organizaciones no incorporadas incluyen empresas unipersonales, sociedades y organizaciones de servicios profesionales sin personalidad jurídica. Los grupos sin personalidad jurídica se registrarán de conformidad con las disposiciones legales. Si las leyes y reglamentos administrativos estipulan que el establecimiento de grupos no constituidos en sociedad debe ser aprobado por los departamentos pertinentes, dichas disposiciones prevalecerán. Si los activos de una organización no constituida en sociedad son insuficientes para pagar sus deudas, sus inversores o fundadores asumirán una responsabilidad ilimitada. Una organización no incorporada puede identificar a una o más personas para participar en actividades civiles en nombre de la organización.
Base Legal
Código Civil de la República Popular China
Artículo 102: Una organización no incorporada se refiere a una organización que no tiene personalidad jurídica pero puede utilizar sus propias Organizaciones dedicadas nominalmente a actividades civiles. Las organizaciones no incorporadas incluyen empresas unipersonales, sociedades y organizaciones de servicios profesionales sin personalidad jurídica.
Artículo 104. Si los bienes de una entidad sin personalidad jurídica son insuficientes para pagar sus deudas, sus inversionistas o promotores responderán ilimitadamente. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.