Medidas para la Supervisión y Gestión Dinámica de los Vehículos de Transporte por Carretera
Base jurídica: “Medidas para la Supervisión y Gestión Dinámica de los Vehículos de Transporte por Carretera”
Artículo 2: Estas Medidas se aplican a la instalación y utilización de dispositivos de posicionamiento por satélite para vehículos de transporte por carretera ( en lo sucesivo denominados dispositivos de posicionamiento por satélite) y actividades relacionadas de supervisión y gestión de la seguridad.
Artículo 3 Los vehículos de transporte por carretera mencionados en estas Medidas incluyen turismos, vehículos de transporte de mercancías peligrosas, semirremolques y camiones pesados (con una masa total de 12 toneladas o más) utilizados para operaciones por carretera. . Vehículos de carga ordinarios).
Artículo 4 La supervisión y gestión dinámicas de los vehículos de transporte por carretera siguen los principios de seguimiento empresarial, supervisión gubernamental y control conjunto en red.
Artículo 5 Las agencias de gestión del transporte por carretera, los departamentos de gestión del tráfico de los órganos de seguridad pública y los departamentos de supervisión de la seguridad supervisarán y gestionarán conjuntamente el seguimiento dinámico de los vehículos de transporte por carretera de acuerdo con sus responsabilidades legales.