Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Cuál es la conducta ilegal de ocultar el estatus de COVID-19?

¿Cuál es la conducta ilegal de ocultar el estatus de COVID-19?

Según las disposiciones legales pertinentes, esta conducta viola el delito de obstrucción a la prevención y control de enfermedades infecciosas y está penada con penas de hasta tres años y no más de siete años de prisión.

Análisis Legal

Quien oculte y no informe, propague intencionalmente patógenos de enfermedades infecciosas repentinas y ponga en peligro la seguridad pública, será condenado por el delito de poner en peligro la seguridad pública por medios peligrosos. de conformidad con la ley, si aún no se han causado consecuencias graves, será castigado con pena privativa de libertad no inferior a tres años pero no superior a diez años si causa lesiones graves o la muerte; a una persona o cause grandes daños a la propiedad pública o privada, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte. De acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes, las instituciones médicas deben aislar y tratar a los pacientes, portadores de patógenos y contactos cercanos de pacientes sospechosos de enfermedades infecciosas de Clase A. Si alguien rechaza el tratamiento de aislamiento o sale para recibir tratamiento sin autorización antes de que expire el período de aislamiento, los órganos de seguridad pública pueden ayudar a la institución médica a tomar medidas de tratamiento de aislamiento obligatorio. Cualquiera que fabrique información epidémica falsa y la difunda en redes de información u otros medios, o que, a sabiendas, difunda información epidémica falsa en redes de información u otros medios y perturbe gravemente el orden social, será condenado y sancionado por el delito de fabricación y difusión intencionada de información falsa. de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Base jurídica

Artículo 114 de la "Ley penal de la República Popular China": incendio provocado, corte de agua, explosión, liberación de patógenos altamente tóxicos, radiactivos, enfermedades infecciosas y otras sustancias, o utilizar otros métodos peligrosos. Aquellos cuyos métodos pongan en peligro la seguridad pública sin causar consecuencias graves, serán condenados a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años.