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Aplicación de cláusulas de resultados comerciales ilegales

(1) Basado en principios básicos.

1. Principio de modestia

El derecho penal, como norma sancionadora penal más severa, sólo puede castigar conductas que tengan grave daño social y no permite el uso arbitrario de sus sanciones. Por ello, algunos estudiosos han propuesto que primero debemos considerar si los medios civiles, administrativos y otros medios legales son suficientes para castigar y prevenir ciertas conductas nocivas para la sociedad. Si es posible, no se involucre demasiado en el derecho penal. Si no es suficiente para lograr el efecto de gobernanza, se debe considerar el derecho penal. Entre ellos, el académico japonés Profesor Otani explicó la modestia desde tres aspectos: complementariedad, carácter incompleto y tolerancia del derecho penal. Por tanto, es necesario que intervenga el derecho penal. Dado que el derecho penal es el último recurso, debemos adoptar un enfoque cauteloso respecto del castigo. La Oficina de Derecho Penal del Comité de Asuntos Legales de la APN dejó claro al explicar la cláusula de encubrimiento del delito comercial ilegal: “Esta es una disposición general basada en la complejidad y diversidad de comportamientos comerciales ilegales en la vida real. Aquí mencionado debe cumplir con las siguientes condiciones: Primero, este comportamiento ocurre en actividades comerciales, principalmente en el campo de la producción y la circulación. Segundo, este comportamiento viola las disposiciones de las leyes y reglamentos. Tercero, es altamente perjudicial para la sociedad y perturba gravemente. el orden económico de mercado." Se puede ver que los legisladores también enfatizan que el comportamiento que contiene cláusulas de rescate debe basarse en la violación de las leyes y reglamentos. Dado que no existen leyes y reglamentos pertinentes que definan la compra ilegal de semillas, la usura privada, etc. como actos delictivos, es imposible crear leyes para identificar delitos comerciales ilegales en la práctica judicial. La aplicación de las disposiciones fundamentales de los delitos comerciales ilegales debe basarse en la ley.

En todo el ordenamiento jurídico de nuestro país, el derecho penal es la ley más severa, por lo que su estatus en el ordenamiento jurídico es el de mantener el estatus de la ley y es la fuerza última para asegurar la ejecución de otras leyes. Ante la ambigüedad del delito de negocio ilícito, se amplía su aplicación en la práctica judicial, especialmente el uso del derecho penal para abordar la usura privada, la compra ilegal de semillas de maíz, las infracciones administrativas fuera del ámbito empresarial y otras conductas socialmente nocivas. , viola el principio de modestia, por lo que en la práctica judicial, al utilizar cláusulas de cobertura de delitos comerciales ilegales, conviene aclarar el principio de modestia: en primer lugar, distinguir las infracciones administrativas de los delitos en función de la gravedad del daño social y controlarlas estrictamente; como crímenes. En segundo lugar, aclarar la composición de los delitos comerciales ilegales y otros delitos. El delito de negocio ilegal tiene sus propias características, por lo que cuando se puedan condenar y sentenciar otros delitos claros, trate de evitar utilizar el delito de negocio ilegal. Finalmente, cuando las tres primeras disposiciones del delito de negocio ilícito no puedan abarcar la conducta, deberá considerarse lo dispuesto en el artículo 4 del delito de negocio ilícito.

2. El principio de unidad de sujeto y objeto.

El principio de la unidad de la subjetividad y la objetividad se originó en la teoría de la composición del crimen de la Unión Soviética. No sólo requiere la unidad de la subjetividad y la objetividad en términos de la teoría del valor, sino que también es un compromiso entre el objetivismo y la objetividad. subjetivismo en términos de metodología. En otras palabras, para determinar si un actor ha cometido el delito de operaciones comerciales ilegales, no sólo se requiere que el actor haya llevado a cabo los actos prescritos por la ley, sino que también requiere que el actor tenga el propósito de realizar operaciones comerciales ilegales al realizarlas. estos actos. En la práctica judicial, al aplicar las disposiciones del artículo 4, se debe seguir estrictamente el principio de unidad de sujeto y objeto. Por un lado, para conductas que no estipulan claramente el aspecto subjetivo, no se puede ignorar la determinación de la finalidad subjetiva porque la ley y la interpretación judicial no son claras. Por ejemplo, en el acto de preventa de un cementerio, si el perpetrador sigue la práctica común en la industria y publica anuncios y vende el cementerio por adelantado durante el proceso de solicitud de los documentos de licencia pertinentes, si el perpetrador no tiene un comportamiento ilegal. al llevar a cabo la operación ilegal del cementerio, si se determina el propósito de las operaciones comerciales, no se puede encontrar que el autor haya cometido el delito de operaciones comerciales ilegales con base en las disposiciones del artículo 4. Por otra parte, si las interpretaciones judiciales pertinentes estipulan claramente que existen contenidos subjetivos, deben distinguirse según las circunstancias del caso. Por ejemplo, el "Aviso sobre el mayor fortalecimiento de la gestión de la efedra y la represión del comercio ilegal de efedra" de 2013 estipula: "Para fines de fabricación de drogas o contrabando o comercio ilegal de drogas, no hay pruebas que demuestren que la efedra se extrae, se vende , o comprado en violación de las normas nacionales. Si lo dispuesto en el artículo 225 constituye un delito, la persona será condenada y sancionada por el delito de negocio ilícito, es decir, bajo las condiciones subjetivas de la intención del autor de fabricar o ilegalmente.” comerciar sustancias tóxicas, incluso si se lleva a cabo el comportamiento comercial ilegal, el delito no puede ser castigado por el delito de operaciones comerciales ilegales.

(2) Identificarlo seriamente como “violar las regulaciones nacionales”

Después de revisar la literatura existente sobre el delito de operaciones comerciales ilegales, los académicos tienen las siguientes opiniones sobre el alcance de las “operaciones comerciales ilegales”. operaciones comerciales bajo regulaciones nacionales”: La primera es “la violación de las leyes y decisiones formuladas por el Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente y los reglamentos administrativos formulados por el Consejo de Estado”. Los defensores de la identificación están estrictamente limitados y las entidades de formulación se limitan a los diputados de la APN y a los miembros del Comité Permanente y al Consejo de Estado.

En segundo lugar, existen diferentes interpretaciones de la identificación de "reglamentos administrativos, medidas administrativas prescritas, decisiones y órdenes emitidas por el Consejo de Estado": (1) Los reglamentos departamentales y las leyes civiles y comerciales autorizadas por el Consejo de Estado están excluidos del alcance de "regulaciones nacionales" y "regulaciones nacionales" "No existe un requisito absoluto para las disposiciones sobre responsabilidad penal. (2) Aunque el tema del documento de política es el Consejo de Estado, también debe excluirse, exigiendo que las "regulaciones nacionales" incluyan leyes penales subsidiarias que violen las regulaciones económicas. (3) No incluye regulaciones departamentales, regulaciones locales y regulaciones industriales del Consejo de Estado, pero bajo la premisa de que la aplicación judicial no viola la intención del artículo 96 de la Ley Penal, puede referirse a los ministerios y comisiones o centrales. El gobierno formulado, aprobado, aprobado y notificado en lotes por el Consejo de Estado se considera un delito según el reglamento del departamento profesional. (4) Los reglamentos formulados por varios ministerios y comisiones del Consejo de Estado, aprobados por el Consejo de Estado y emitidos en nombre de cada ministerio y comisión, así como los reglamentos internos de la unidad, no entran dentro del alcance de los "reglamentos nacionales". ". (5) El tema de la emisión de documentos debería limitarse en general al Consejo de Estado. En circunstancias especiales, con la aprobación del Consejo de Estado, algunos reglamentos departamentales, documentos emitidos conjuntamente y otras medidas administrativas del Consejo de Estado también pueden implementarse como reglamentos nacionales. Las regulaciones departamentales no entran en la categoría de “regulaciones nacionales” y no es necesario que existan sanciones penales. (6) Los reglamentos formulados por los ministerios y comisiones del Consejo de Estado, los reglamentos locales promulgados por los congresos populares provinciales y municipales y sus comités permanentes mediante legislación autorizada donde están ubicadas las zonas económicas especiales, y los reglamentos de los departamentos subordinados aprobados por el Consejo de Estado, no pertenecen a las "regulaciones nacionales". Los puntos de vista (1)(3)(5) también ignoran la integración de las leyes, excluyen las leyes civiles y comerciales formuladas por el Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente, y se refieren a las normas formuladas por el Consejo de Estado bajo autorización secundaria como "nacionales". regulaciones." (1)(5) Los requisitos no incluyen necesariamente sanciones penales, y las "regulaciones nacionales" no son sostenibles desde la perspectiva de la interpretación del propósito. En el caso en que las regulaciones administrativas generalmente establecen sanciones penales, la ausencia de tales disposiciones indica que los legisladores creen que las sanciones administrativas son suficientes para lograr el propósito de la gobernanza y que no hay necesidad de utilizar las sanciones más severas. Por lo tanto, al entender las "regulaciones nacionales", es necesario considerar la existencia de sanciones penales.