Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Cómo puede Chongqing adoptar a personas sin hogar o con discapacidad intelectual?

¿Cómo puede Chongqing adoptar a personas sin hogar o con discapacidad intelectual?

En primer lugar, las condiciones para adoptar un niño

1. Adultos con plena capacidad de conducta civil, es decir, adultos con salud mental normal y capaces de ejercer de forma independiente actividades civiles;

2 . Tener al menos 35 años. Sin embargo, la adopción de niños huérfanos o discapacitados no está sujeta a esta restricción. Los padrastros que adopten hijastros están exentos de esta restricción. Si un hombre sin cónyuge adopta a una mujer, la diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado debe ser superior a cuarenta años; sin embargo, esta restricción no se aplica a la adopción de niños que sean parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones;

3. Sin hijos. Sin embargo, la adopción de niños huérfanos o discapacitados no está sujeta a esta restricción. Los padrastros que adopten hijastros están exentos de esta restricción. Los chinos de ultramar también pueden adoptar hijos de parientes consanguíneos colaterales de la misma generación dentro de tres generaciones sin esta restricción. O aunque tenga un hijo, pero éste padezca una enfermedad grave como una enfermedad mental, podrá adoptar un niño sano en el futuro.

4. Tener capacidad para criar y educar a los adoptados. Quienes tengan una ocupación legítima o una fuente fiable de ingresos pueden hacerse cargo de la vida del adoptado y soportar los gastos económicos correspondientes.

2. Cómo adoptar un niño

1. El adoptante deberá presentar una solicitud de adopción y los siguientes certificados y materiales de respaldo a la autoridad de registro de adopción. (1) El libro de registro del hogar y la tarjeta de identificación del adoptante; (2) Certificado emitido por la unidad del adoptante o el comité (residente) de la aldea sobre su estado civil, si tiene hijos y si tiene la capacidad de criarlos y educarlos; adoptado; (iii) ) Un certificado de examen de salud física emitido por una institución médica a nivel de condado o superior que indique que el solicitante no padece ninguna enfermedad que se considere médicamente inadecuada para la adopción de un niño.