Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - La base jurídica para la destrucción de cigarrillos de contrabando

La base jurídica para la destrucción de cigarrillos de contrabando

Artículo 153 de la Ley Penal.

Artículo 153: Es delito de contrabando de mercancías y artículos en general el delito de contrabando de mercancías distintas de las señaladas en los artículos 151, 152 y 347 de esta Ley, las mercancías serán sancionadas según la gravedad del delito. caso. Si el contrabando de productos del monopolio del tabaco constituye delito de contrabando, la responsabilidad penal se perseguirá con arreglo a las restricciones pertinentes de la legislación penal. Si la cantidad de productos del monopolio del tabaco contrabandeados no es grande y no constituye un delito de contrabando, la aduana confiscará los bienes, artículos y ganancias ilegales de contrabando e impondrá una multa.