(2012) Según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico civil, mediante la ocupación previa se pueden obtener las siguientes cosas ().
Respuesta: d
(1) Opción AB: Los objetos perdidos, los objetos enterrados, los objetos ocultos, los objetos a la deriva y los objetos no heredados son objetos sin dueño especialmente estipulados por la ley y no pueden ser ocupados (2; ) Opción C: Para bienes inmuebles, el derecho de preferencia se aplica únicamente a los bienes muebles.