Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Demandado por vender el producto patentado de otra persona.

Demandado por vender el producto patentado de otra persona.

Subjetividad Legal:

Depende de circunstancias específicas. El artículo 70 de la Ley de Patentes estipula que toda persona que, con fines de producción y negocios, utilice, ofrezca en venta o venda productos infractores de patente sin saber que han sido fabricados o vendidos sin el permiso del titular de la patente, no será responsable de compensación. Por lo tanto... Que un producto que infringe un derecho de patente lo sea o no depende de si el comprador sabe que el producto está infringiendo.

Objetividad jurídica:

Artículo 11 de la Ley de Patentes Una vez concedida una patente de invención o modelo de utilidad, salvo disposición en contrario de esta ley, cualquier unidad o individuo no podrá Sin el permiso de una persona, la patente no será explotada, es decir, el producto patentado no será fabricado, utilizado, ofrecido para la venta, vendido o importado con fines productivos y comerciales, y no se utilizará el método patentado ni se obtendrán directamente los productos de acuerdo con al método patentado no se utilizará, ofrecerá para la venta, venderá ni importará. Una vez concedida una patente de diseño, ninguna unidad o individuo puede explotar la patente sin el permiso del titular de la patente, es decir, no puede fabricar, ofrecer a la venta, vender o importar sus productos patentados para fines productivos y comerciales.