Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Fomentar la participación voluntaria de acuerdo con la ley. ¿Qué?

Fomentar la participación voluntaria de acuerdo con la ley. ¿Qué?

Artículo 2 El término "logros científicos y tecnológicos" mencionado en esta Ley se refiere a logros con valor práctico producidos en la investigación científica y el desarrollo tecnológico. Los logros científicos y tecnológicos relacionados con el trabajo se refieren a logros científicos y tecnológicos obtenidos al realizar tareas en instituciones de investigación y desarrollo, colegios y universidades y empresas, o al utilizar principalmente las condiciones materiales y técnicas de las unidades antes mencionadas. El término "transformación de logros científicos y tecnológicos", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere a la posterior prueba, desarrollo, aplicación y promoción de logros científicos y tecnológicos con el fin de mejorar los niveles de productividad hasta que se establezcan nuevas tecnologías, nuevos procesos, nuevos materiales y nuevos productos. Se forman industrias y se desarrollan nuevas industrias.

Artículo 3 La transformación de los logros científicos y tecnológicos debe propiciar la aceleración de la implementación de estrategias de desarrollo impulsadas por la innovación, la promoción de la integración de la ciencia, la tecnología y la economía, la mejora de los beneficios económicos y sociales, la protección del medio ambiente, utilizar racionalmente los recursos y promover la construcción económica, el desarrollo social y mantener la seguridad nacional. La transformación de los logros científicos y tecnológicos debe respetar las leyes del mercado, dar pleno juego al papel principal de las empresas, seguir los principios de voluntariedad, beneficio mutuo, equidad, honestidad y crédito, y disfrutar de derechos e intereses y asumir riesgos de conformidad con leyes, reglamentos y contratos. Los derechos de propiedad intelectual en la transformación de logros científicos y tecnológicos están protegidos por la ley. La transformación de los logros científicos y tecnológicos debe cumplir con las leyes y regulaciones, salvaguardar los intereses nacionales y no debe dañar los intereses públicos ni los derechos e intereses legítimos de otros.

Artículo 4 El Estado organizará razonablemente la inversión financiera en la transformación de los logros científicos y tecnológicos, orientará la inversión del capital social y promoverá la diversificación de la inversión financiera en la transformación de los logros científicos y tecnológicos.

Artículo 5 El Consejo de Estado y los gobiernos populares locales en todos los niveles fortalecerán la coordinación de las políticas sobre ciencia y tecnología, finanzas, inversión, impuestos, talento, industria, finanzas, adquisiciones gubernamentales e integración militar-civil. y crear un buen ambiente para la transformación de los logros científicos y tecnológicos. Los gobiernos populares locales en todos los niveles podrán adoptar medidas más conducentes a promover la transformación de los logros científicos y tecnológicos de acuerdo con los principios estipulados en esta ley y a la luz de las realidades locales.

Artículo 6 El Estado fomenta que los logros científicos y tecnológicos se implementen primero en China. Las unidades o individuos nacionales que transfieran o concedan licencias de sus logros científicos y tecnológicos a organizaciones o individuos extranjeros deben cumplir con las leyes nacionales, los reglamentos administrativos y las disposiciones pertinentes.

Artículo 7: Con el fin de salvaguardar la seguridad nacional, los intereses nacionales y los principales intereses sociales, el Estado podrá organizar la implementación o permitir que otros implementen logros científicos y tecnológicos relevantes de conformidad con la ley.

Artículo 8 El departamento administrativo de ciencia y tecnología, el departamento de gestión económica integral y otros departamentos administrativos relevantes del Consejo de Estado gestionarán, orientarán y coordinarán la transformación de los logros científicos y tecnológicos de acuerdo con las responsabilidades prescritas por el Consejo de Estado. Los gobiernos populares locales en todos los niveles son responsables de gestionar, guiar y coordinar la transformación de los logros científicos y tecnológicos dentro de sus respectivas regiones administrativas.