Por primera vez, la ley protege claramente a los jóvenes del daño de las drogas.
La juventud es la flor de la patria y los pilares de la sociedad del mañana. La patria no puede permitir que los adolescentes consuman drogas. Los adolescentes son muy curiosos. La mayoría de los adolescentes que consumen drogas lo hacen por curiosidad. Por lo tanto, la patria tiene una visión clara sobre el abuso de drogas entre los jóvenes y los protege del daño de las drogas.
Datos ampliados:
Derecho Penal
Artículo 353: Delito de inducción, instigación o engaño al consumo de drogas
Seducción , instigador . El que engañe a otros para que tomen o se inyecten drogas, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva o vigilancia, y además, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena fija; pena de prisión no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa. El que obligue a otros a consumir o inyectarse drogas será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa. Serán severamente castigados quienes seduzcan, instigen, engañen o obliguen a menores a consumir o inyectarse drogas.
Artículo 354 Huéspedes ajenos
El que permita a otros tomar o inyectarse drogas, será sancionado con prisión fija no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia, y también ser multado.