¿Mis hijos pueden recibir pensiones mientras mi cónyuge aún esté vivo?
Base jurídica:
Reglamento sobre Pensiones y Tratos Preferenciales para el Personal Militar
Artículo 14 Además del apoyo militar a los sobrevivientes de los mártires, los soldados que hicieron contribuciones especiales durante su vida y soldados que murieron en el cumplimiento del deber Además de una pensión única, también se puede otorgar una pensión especial única a los familiares sobrevivientes de conformidad con las regulaciones pertinentes.
Artículo 15: Se concede pensión única a los mártires, a los soldados fallecidos en cumplimiento del deber, a los padres (partidarios), a los cónyuges y a los hijos, si no los hubiere; o hijos, se pagará a los menores de 18 años Hermanos y hermanas y hermanos y hermanas mayores de 18 años pero que no tengan fuente de sustento y fueron sostenidos por personal militar durante su vida.
Artículo 16: Se otorgarán pensiones regulares a los sobrevivientes de mártires, sobrevivientes de soldados fallecidos en cumplimiento del deber y sobrevivientes de soldados fallecidos por enfermedad que cumplan una de las siguientes condiciones: p>
(1) Padres (dependientes), el cónyuge no puede trabajar, no tiene ninguna fuente de gastos de subsistencia o el nivel de ingresos es inferior al nivel de vida promedio de los residentes locales;
(2) El niño es menor de 18 años o ha cumplido los 18 años pero está discapacitado debido a la escolaridad o discapacidad Aquellos que no tienen fuente de ingresos;
(3) Hermanos y hermanas menores de 18 años años o más de 18 años, pero no tienen fuente de sustento y fueron sostenidos por el soldado durante su vida.
Para los sobrevivientes que cumplan con las condiciones para recibir pensiones regulares, el departamento de asuntos civiles del gobierno popular a nivel de condado emitirá un certificado de pensión regular.