Algunos titulares de patentes renuncian a sus patentes.
El artículo 44 de la Ley de Patentes estipula:
Los derechos de patente cesarán antes de su vencimiento en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Falta de pago de las tasas anuales de conformidad con la normativa;< /p >
(2) El titular de la patente renuncia por escrito a sus derechos de patente.
Si el derecho de patente finaliza antes de la expiración del plazo, será registrado y anunciado por el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado.
El titular de la patente puede renunciar pasivamente a sus derechos de patente sin pagar tasas, o puede renunciar voluntariamente a sus derechos de patente con una declaración escrita.