Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿En qué circunstancias se debe considerar penalmente responsable a alguien por difundir rumores?

¿En qué circunstancias se debe considerar penalmente responsable a alguien por difundir rumores?

Se ha hecho clic en información que propaga rumores o se ha visto más de 5.000 veces, y se ha reenviado información difamatoria más de 500 veces. Como ha recibido una sanción administrativa por difundir rumores, puede ser condenado a prisión.

(1) Fabricar hechos que dañen la reputación de otros y difundirlos en la red de información, u organizar o instruir a personas para que los difundan en la red de información. Se manipula el contenido de la información original de otras personas; hechos que dañan la reputación de otros y se difunden en la red de información, u organizan e instruyen a las personas a difundir la información en la red de información. Si se difunde en Internet y las circunstancias son atroces, se considerará "fabricación de hechos para; calumniar a los demás."

¿Cuáles son las penas agravadas por difamación?

1. Se considerarán “circunstancias graves” el uso de redes de información para difamar a otros y cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) La misma información difamatoria recibe 5.000 clics o es vista. veces más de 500 veces, o retuiteado más de 500 veces

(2) provocando consecuencias graves como trastorno mental o suicidio de la víctima o de sus familiares cercanos

(3) haber sido condenado por difamación dentro de los dos años Sanción administrativa, calumniar a otros (4) Otras circunstancias graves;

2. Usar violencia u otros medios para insultar públicamente a otros o inventar hechos para difamar a otros. Si las circunstancias son graves, los casos penales generalmente se manejarán solo después de la notificación.

Excepto aquellos que pongan en grave peligro el orden social y los intereses nacionales.

3. Se considerará una amenaza grave al orden social y a los intereses nacionales quien utilice Internet para difamar a otros en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Desencadenamiento masivo. incidentes;

(2) Provocar desorden del orden público;

(3) Provocar conflictos étnicos y religiosos;

(4) Difamar a muchas personas y provocar reacciones negativas impacto social

(5) Dañar la imagen del país y poner en grave peligro los intereses nacionales

(6) Provocar un impacto internacional negativo

(7) Poner en grave peligro; orden social y otras circunstancias de interés nacional.

En resumen, estas son las respuestas del editor sobre la responsabilidad penal de quienes difunden rumores. Espero que te sea de ayuda.

Base Legal

El artículo 246 de la “Ley Penal” estipula que fabricar hechos para difamar a otros, si las circunstancias son graves, constituye delito de difamación. Específicamente, es un acto grave de fabricar y difundir deliberadamente hechos ficticios que son suficientes para degradar la personalidad de otros y destruir su reputación.

La nueva interpretación judicial estipula específicamente que se considerará "fabricación de hechos para difamar a otros" cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Fabricar hechos que dañen la reputación de otros y publicarlos en la red de información, difundirlos en la red de información, u organizar o instigar a las personas a difundirlos en la red de información;

(2) alterar el contenido de la información original que involucre a otros en la red de información para convertirlos en hechos que perjudiquen la reputación de otros y difundirla en la red de información, o Organizar e instigar al personal a difundirla en las redes de información;

Si en las redes de información se difunden hechos que son deliberadamente fabricados y perjudiciales para la reputación de otros, y Si las circunstancias son atroces, se considerará "inventar hechos para difamar a otros".

El uso de redes de información para difamar a otros y cumplir cualquiera de las siguientes circunstancias se considerará "circunstancias graves"

(1) Se hace clic en la misma información difamatoria o se ve más de 5.000 veces veces, O ha sido reenviado más de 500 veces;

(2) Provoca consecuencias graves como trastorno mental, automutilación, suicidio, etc. a la víctima o sus familiares cercanos;

(3) Sujeto a sanciones administrativas por difamación. Difamar a otros dentro de dos años;

(4) Otras circunstancias graves.

Además, el delito de difamación es un caso de acusación particular que se tramita sólo después de haber sido informado, salvo en los casos que pongan en grave peligro el orden social y los intereses nacionales.

En cuanto a cómo definir "poner en grave peligro el orden social y los intereses nacionales", las interpretaciones judiciales recientemente emitidas son las siguientes:

Se considerará que quien utilice las redes de información para difamar a otros y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias estar bajo el Artículo 240 de la Ley Penal "Poner gravemente en peligro el orden social y los intereses nacionales" según lo estipulado en el Artículo 6, Párrafo 2:

(1) Provocar incidentes masivos;

(2) Provocar desorden público;

(3) Provocar conflictos étnicos o religiosos;

(4) Difamar a muchas personas y causar un impacto social adverso;

(5) Dañar la imagen del país, Poner en grave peligro los intereses nacionales;

(6) Provocar impacto internacional negativo;

(7) Otras situaciones que pongan en grave peligro el orden social y los intereses nacionales.

Además, si la red de información se utiliza para difamar a otros varias veces durante un año, pero no se ha abordado, y el número acumulado de veces que se hace clic, se ve y se reenvía la información difamatoria constituye un delito, será condenado y castigado conforme a la ley.