Reglas de ascenso para puestos no directivos
Base Legal: Reglamento sobre Nombramiento, Remoción y Promoción de Servidores Públicos (Juicio)
Artículo 17 Los servidores públicos que pretendan ser promovidos a cargos deberán poseer la calidad ideológica y política, laboral capacidad, condiciones y calificaciones, como el nivel educativo y la experiencia laboral.
Artículo 18 Cuando un funcionario sea ascendido a un puesto, todos los resultados de la evaluación anual dentro del período de calificación especificado serán competentes o superiores.
Artículo 19 Los funcionarios públicos que sean ascendidos a puestos de liderazgo a nivel de condado o superior deberán cumplir con las calificaciones estipuladas en el "Reglamento sobre la selección y nombramiento de cuadros dirigentes del partido y del gobierno" y las leyes, reglamentos y cartas.
Los funcionarios públicos que sean promovidos a puestos de liderazgo municipal deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener un título universitario o superior;
(2) Ser promovidos a puestos de liderazgo de tiempo completo a nivel municipal, deben ocupar puestos adjuntos a nivel municipal durante más de dos años;
(3) Para ser promovidos a puestos de liderazgo adjunto a nivel municipal, deben ocupar cargos administrativos puestos de nivel por más de tres años;
(4) Tener condiciones físicas normales para desempeñar sus funciones;
(5) Otras condiciones que deban cumplirse.
Artículo 20: El ascenso a puestos no directivos en la categoría de gestión integral deberá cumplir con los siguientes requisitos:
(1) Quienes sean promovidos a inspectores deberán ser subdirectores a nivel de buró o inspectores adjuntos Más de cinco años;
(2) Aquellos que sean ascendidos a inspectores adjuntos deben servir como líderes o investigadores a nivel de condado durante más de cinco años;
(3) Aquellos que sean ascendidos al puesto de investigador deben desempeñarse como líder adjunto o investigador asociado a nivel de condado durante más de cuatro años;
(4) Aquellos que sean ascendidos a investigador adjunto deben desempeñarse como líder pleno o miembro jefe del personal a nivel de municipio durante más de cuatro años;
>(5) Aquellos que sean promovidos al puesto de miembro jefe de sección deberán servir como líderes adjuntos del municipio o miembros jefe adjuntos de sección durante más de tres años;
(6) Quienes sean promovidos al cargo de miembro jefe adjunto de sección servirán como miembros de sección Más de tres años;
(7) Quienes sean promovidos a el cargo de secretario deberá haber ejercido el cargo de secretario durante más de tres años.
Las cualificaciones requeridas para el ascenso a puestos no directivos en categorías laborales distintas a la dirección general estarán sujetas a la normativa pertinente.
Artículo 21 Los funcionarios públicos serán ascendidos escalonadamente.
Los funcionarios públicos particularmente destacados o aquellos con necesidades laborales especiales pueden ser promovidos más allá de sus límites o rangos. Las condiciones y procedimientos para los ascensos excepcionales y los ascensos extraordinarios se estipularán separadamente.
Artículo 22 La promoción de los servidores públicos a cargos directivos se realizará de conformidad con los siguientes procedimientos:
Recomendación democrática y determinación de los objetos de inspección;
; (2) Organizar inspecciones e investigaciones Hacer sugerencias y considerarlas dentro de un cierto alcance según sea necesario;
Discutir y decidir colectivamente con base en la autoridad de gestión del cuadro;
(4) Revisar las Procedimientos de inducción de acuerdo con la normativa.
La promoción de funcionarios públicos a puestos no directivos se tramitará de conformidad con los procedimientos especificados en el párrafo anterior.
Artículo 23: Cuando estén vacantes puestos de liderazgo inferiores a los de tiempo completo en una organización interna, los candidatos podrán competir por puestos dentro de la organización o sistema.
Para vacantes en puestos de liderazgo por debajo del puesto de tiempo completo a nivel de oficina o puestos no de liderazgo por encima del nivel de investigador adjunto y otros puestos equivalentes, los candidatos para los puestos se pueden seleccionar abiertamente entre el público.
Artículo 24 Los funcionarios públicos que asciendan a puestos directivos implementarán el sistema de publicidad previa al nombramiento y el sistema de período de prueba de acuerdo con las normas pertinentes.