La salida de descarga del taller de metales pesados excede el estándar, pero la salida de descarga total cumple con el estándar. ¿Debo asumir responsabilidad penal?
“Quien, en violación de las normas nacionales, descargue, vierta o elimine desechos radiactivos, desechos que contengan agentes patógenos de enfermedades infecciosas, sustancias tóxicas u otras sustancias nocivas, contaminando gravemente el medio ambiente, será sancionado con pena fija- pena de prisión no superior a tres años o prisión preventiva, y también será condenado a pena de multa o multa si las consecuencias son particularmente graves, será condenado a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete; años, y también será multado.”
-Artículo 338 de la Ley Penal
“El artículo 338 de la Ley Penal se aplicará De conformidad con lo dispuesto en el artículo 338, cualquiera. una de las siguientes circunstancias se considerará "gravemente contaminante para el medio ambiente":
(3) Vertido ilegal de metales pesados, contaminantes orgánicos persistentes y otras sustancias que ponen en grave peligro el medio ambiente Contaminantes nocivos para la salud humana y exceder en más de tres veces las normas nacionales de descarga de contaminantes o las normas de descarga de contaminantes formuladas por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central de conformidad con la ley;
Artículo 338 del Código Penal Violar las regulaciones nacionales al descargar, verter o eliminar desechos radiactivos, desechos que contienen patógenos de enfermedades infecciosas, sustancias tóxicas u otros desechos peligrosos en la tierra, el agua o la atmósfera, causando importantes accidentes de contaminación ambiental y grandes pérdidas a los sectores público y privado. bienes o causar daños personales graves, si las consecuencias son especialmente graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años o a prisión penal, y además o únicamente a multa si las consecuencias son especialmente graves; será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también a multa.