Tres disposiciones sobre la interferencia de los cuadros dirigentes en las actividades judiciales
Base legal: Disposiciones sobre el registro, la presentación de informes y la rendición de cuentas de la intervención de los cuadros dirigentes en las actividades judiciales y el manejo de casos específicos. Artículo 1 Para implementar los requisitos pertinentes de la decisión del gobierno central sobre varias cuestiones importantes. en la promoción integral del estado de derecho, Para evitar que los cuadros dirigentes interfieran en las actividades judiciales y el manejo de casos específicos, y para garantizar que los órganos judiciales ejerzan sus poderes de manera independiente y justa de conformidad con la ley, estas regulaciones se formulan de conformidad con las disposiciones de la Constitución y en conjunto con la propia labor judicial.
Reglamento sobre Registros y Rendición de Cuentas de Casos Intervenidos por Personal Interno de Órganos Judiciales El artículo 1 tiene como objetivo implementar los requisitos pertinentes de las decisiones del gobierno central sobre la promoción integral del estado de derecho en varios temas importantes, impedir que el personal interno de los órganos judiciales interfieran en la tramitación de los casos y garantizar la equidad. A fin de garantizar un poder judicial limpio y honesto, estas normas se formulan de conformidad con las disposiciones de la Constitución y en combinación con la labor judicial real.
El artículo 1 del Reglamento para regular aún más el contacto y la comunicación entre el personal judicial y los litigantes, abogados, personas con relaciones especiales y organizaciones intermediarias tiene como objetivo implementar los requisitos pertinentes de la "Decisión del Comité Central del Partido Comunista de China sobre varias cuestiones importantes para la promoción integral del Estado de derecho", para impedir que el personal interno de los órganos judiciales interfiera en la tramitación de los casos y para garantizar una administración de justicia justa y honesta. Estas normas están formuladas de conformidad con el disposiciones de la Constitución y en conjunto con la propia labor judicial.