Normas sancionatorias para el delito de venta de productos falsificados de marcas registradas.
Base Legal
Artículo 214 de la Ley Penal Quien venda productos que a sabiendas estén falsificando marcas registradas, y el monto de los ingresos ilegales sea relativamente grande, o concurran otras circunstancias graves, deberá ser sentenciado a una pena fija de no más de tres años. Si la cantidad de ganancias ilegales es enorme o existen otras circunstancias particularmente graves, el infractor será sentenciado a una pena de prisión fija de no menos de tres años pero no más de diez años. , y también será multado.
Consejos
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