Artículo 9 de la Asamblea General del Tratado de Propiedad Intelectual de Circuitos Integrados
(1) Composición
(A) La Alianza establecerá una asamblea compuesta por todas las partes contratantes.
(B) Cada Parte tendrá un representante, que podrá ser asistido por representantes en funciones, consultores y expertos.
(C) Salvo disposición en contrario en el subpárrafo (D), los gastos de cada delegación serán sufragados por la Parte que nombra la delegación.
(D) La Asamblea General podrá solicitar asistencia financiera a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual para facilitar la participación de delegaciones de Partes Contratantes consideradas países en desarrollo de conformidad con la práctica de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
(2) Responsabilidades
(A) La Asamblea General se ocupará de los asuntos relacionados con el mantenimiento y desarrollo de la Unión y la aplicación e implementación del presente Tratado.
(B) La Asamblea General decidirá convocar una conferencia diplomática para enmendar este Tratado y dará las instrucciones necesarias al Director General sobre los preparativos de la conferencia diplomática.
(C) La Conferencia desempeñará las funciones que se le asignan en virtud del artículo 14 y establecerá detalles de los procedimientos previstos en dicho artículo, incluidos detalles sobre la financiación de dichos procedimientos.
(3) Votación
(A) Las partes contratantes son nacionales y cada parte tendrá un voto y votará únicamente en su propio nombre.
(B) Una Parte Contratante que sea una organización intergubernamental ejercerá el derecho de voto en nombre de sus Estados miembros con un número de votos igual al número de sus Estados miembros parte en este Tratado y presentes en el momento de la votación. La organización intergubernamental no ejercerá su derecho de voto si alguno de sus Estados miembros participa en la votación.
(4) Reunión Ordinaria
La Asamblea General celebra una reunión ordinaria cada dos años, convocada por el Director General.
(5) Reglas de Procedimiento
La Asamblea General formulará sus propias reglas de procedimiento, incluida la convocatoria de una asamblea general extraordinaria, especificando el quórum y la mayoría requerida para diversas resoluciones, a menos que se establezca lo contrario. previsto en este tratado.