Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Niveles de puertas de entrada a edificios de gran altura

Niveles de puertas de entrada a edificios de gran altura

6 Evacuación segura y ascensores contra incendios

6.1 Disposiciones generales

6.1.1 Cada zona de protección contra incendios de un edificio de gran altura debe tener al menos dos salidas de incendios. Sin embargo, si se cumple una de las siguientes condiciones, se puede establecer una salida de seguridad:

6.1.1.1 Residencias en torres de 18 pisos o menos, con no más de ocho viviendas en cada piso, un área de construcción de no más de 650m2, y dotado de escaleras de humos estancas al aire y ascensores contraincendios.

6.1.1.2 Cada unidad en el piso 18 e inferiores está equipada con escaleras de evacuación que conducen al techo. Las escaleras conectan las unidades a través del techo y hay cortafuegos entre las unidades. La puerta es una puerta contra incendios Clase A, el ancho de la pared de la ventana y la altura del alféizar de la ventana son mayores a 1,2 m. Es una residencia unitaria y la pared no es combustible.

Para los edificios por encima del piso 18, cada unidad cuenta con una escalera de evacuación que conduce al techo. Las escaleras de las unidades adyacentes por encima del piso 18 están conectadas a través de balcones o pasillos empotrados (los techos no necesitan estar conectados). relacionarse). Se instalan cortafuegos entre algunas unidades del piso 18 e inferiores, y las puertas son puertas cortafuegos Clase A. Si el ancho de la pared de la ventana y la altura de la pared del alféizar de la ventana son superiores a 1,2 m, se trata de una casa unitaria y las paredes no son combustibles.