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Criterios para la identificación de la discapacidad de las cicatrices faciales

Análisis jurídico: El estándar de identificación de discapacidad facial puede referirse al nivel de desfiguración, el cual es el siguiente:

Grado A

1. discapacidades de nivel en la Tabla B.2.

2. Formación de cicatrices graves en todo el cuerpo, que representan el 90% de la superficie corporal, acompañadas de pérdida básica de la función de movimiento de la columna y las extremidades.

Diputado

1. Formación de cicatrices graves en todo el cuerpo, que representan el 80% de la superficie corporal, acompañadas de limitación del movimiento y función de más de tres extremidades.

2. Cicatrices gravemente desfigurantes en todo el rostro o injertos de piel

Nivel 3

l Cicatrices graves en todo el cuerpo, que representan el 70% de la superficie corporal. área, acompañada de dos extremidades. Las actividades anteriores están restringidas.

2. 2/3 de las cicatrices faciales o injertos de piel presentan desfiguración moderada.

Completamente bien

1. Desfiguración facial moderada

2. El área de la cicatriz de todo el cuerpo alcanza el 60% y la función de movimiento de uno de ellos. las articulaciones principales de las extremidades son limitadas.

3. Las cicatrices faciales o 1/2 injerto de piel se acompañan de una ligera desfiguración.

Piat

1. Las cicatrices en todo el cuerpo representan el 50% de la superficie corporal y la movilidad articular es limitada.

2. 1/3 de las cicatrices faciales o injertos de piel cumplen con alguno de los estándares de desfiguración.

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1. Pigmentación severa por cuerpo extraño o despigmentación en la cara

2 Cicatrices faciales o Injertos de piel 1/3

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3. Huellas en el 40% del cuerpo.

4. La pérdida de cuero cabelludo tras una lesión por avulsión es superior a 1/5.

5. Los senos femeninos están completamente defectuosos o con muchas cicatrices.

Séptimo grado

1. Quienes cumplan el segundo criterio de desfiguración grave.

2. El defecto de espesor total del cráneo después de las quemaduras es de 30 cm2, o el área del injerto de piel dural es de 250 px2.

3. La contractura de la cicatriz del cuello afectará el movimiento del cuello.

4. El área total de cicatrices es del 30%

5. Las cicatrices faciales, cuerpos extraños o injertos de piel con cambios de pigmentación representan más del 10% del rostro.

6. Mujer con pérdida parcial de mamas bilaterales

Octavo grado

1. Persona que cumple uno de los criterios de desfiguración grave.

2. Injerto de piel para quemaduras faciales 1/5

3. Deposición leve de cuerpo extraño o despigmentación en la cara

4 Aurículas bilaterales o una aurícula Mayormente. desaparecido.

5. El área total de la cicatriz es del 20%

6. Defectos mamarios femeninos o deformidad grave de la cicatriz.

7. Uno o ambos párpados están claramente defectuosos.

Noveno grado

1. Quienes cumplan con el segundo estándar de desfiguración moderada o desfiguración leve.

2. ¿Quién necesita usar peluca si tiene calvicie cicatricial a lo largo de la línea del cabello o calvicie en otras áreas?

3. Hay cicatrices de 200px2 o más de tres de 25px2 en la cara.

4. La deformidad de la cicatriz del cuello no afecta las actividades.

5. Las cicatrices de todo el cuerpo representan el 5% de la superficie corporal.

Diez niveles

1. Personas que cumplen uno de los criterios de desfiguración moderada.

2. Cicatrices faciales, injertos de piel, pigmentación o pérdida de cuerpo extraño》》50px2.

3. El área total de la cicatriz es inferior al 5%, 1%.

Base jurídica: "Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos de indemnización por daños personales" Artículo 17 El deudor de la indemnización deberá compensar a la víctima por el daño personal sufrido, incluido gastos médicos, salarios perdidos, honorarios de enfermería, honorarios de transporte, honorarios de alojamiento, subsidios de alimentos por hospitalización y honorarios de nutrición necesarios, etc.

Si la víctima queda discapacitada debido a una lesión, el deudor de la indemnización también deberá compensar los gastos adicionales necesarios para la vida diaria y la pérdida de ingresos causada por la pérdida de la capacidad laboral, incluida la compensación por discapacidad y el dispositivo de asistencia para la discapacidad. honorarios, Los gastos de manutención del dependiente, así como los gastos de rehabilitación necesarios, los gastos de enfermería y los gastos de tratamiento de seguimiento realmente incurridos debido a la atención de rehabilitación y el tratamiento continuo.

Si la víctima fallece, además de los gastos pertinentes estipulados en el párrafo 1 de este artículo en función de las condiciones de rescate y tratamiento, el deudor de la indemnización también deberá compensar los gastos funerarios, los gastos de manutención de las personas a su cargo y la indemnización por fallecimiento. , e indemnización para los familiares de la víctima. Gastos de transporte, gastos de alojamiento, gastos de trabajo perdido y otros gastos razonables para gastos funerarios.