Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Medidas para la implementación de licencias de producción segura para empresas mineras distintas del carbón

Medidas para la implementación de licencias de producción segura para empresas mineras distintas del carbón

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de regular estrictamente las condiciones de producción segura de las empresas mineras no carboníferas y hacer un buen trabajo en la emisión y gestión de licencias de producción segura para las empresas mineras no carboníferas, de conformidad con el "Reglamento de licencias de producción segura "y las leyes y reglamentos administrativos pertinentes, Desarrollar la presente medida de implementación. Artículo 2 Las empresas mineras no carboníferas deben obtener una licencia de seguridad de producción de conformidad con las disposiciones de estas Medidas.

Quienes no hayan obtenido una licencia de seguridad de producción no podrán participar en actividades de producción. Artículo 3 La emisión y gestión de licencias de producción segura para empresas mineras no carboníferas se ajustarán a los principios de aplicación empresarial, emisión de licencias de dos niveles y supervisión territorial. Artículo 4 El departamento de administración y supervisión de la seguridad de la producción del Consejo de Estado orienta y supervisa la emisión y gestión de licencias de producción de seguridad para empresas mineras no carboníferas en todo el país, y es responsable de la seguridad de las empresas mineras no carboníferas administradas centralmente (empresas del grupo, oficinas centrales, empresas cotizadas) y empresas de petróleo y gas offshore Emisión y gestión de licencias de producción.

Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad de la producción de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central (en adelante, agencias de gestión y emisión de licencias de seguridad de la producción a nivel provincial) son responsables para empresas mineras distintas del carbón y otras minas y relaves distintos de los especificados en el párrafo anterior. Expedición y gestión de licencias de producción de seguridad para empresas mineras distintas del carbón en bancos de minas. Capítulo 2 Condiciones de producción segura Artículo 5 Para obtener una licencia de producción segura, las empresas mineras no carboníferas deberán cumplir las siguientes condiciones de producción segura:

(1) Establecer y mejorar al responsable principal, el responsable y el personal de gestión de producción de seguridad, los departamentos funcionales y los puestos del sistema de responsabilidad de producción de seguridad; formular un sistema de inspección de seguridad, un sistema de prevención de riesgos laborales, un sistema de educación y capacitación en seguridad, un sistema de gestión de accidentes de seguridad de producción, un sistema de monitoreo de fuentes de peligros importantes y un sistema de rectificación de peligros ocultos importantes. sistema de gestión de seguridad de equipos, sistema de gestión de archivos de producción de seguridad, sistema de recompensas y castigos de producción de seguridad y otras reglas y regulaciones formular procedimientos de seguridad operativa y procedimientos operativos para diversos tipos de trabajo;

(2) La inversión en seguridad cumple con la seguridad; requisitos de producción y cumple con las regulaciones pertinentes sobre fondos especiales para medidas técnicas de seguridad;

(3) Establecer una organización de gestión de seguridad de producción y dotarla de personal de gestión de seguridad de producción de tiempo completo

; (4) El conocimiento de la producción de seguridad y las capacidades de gestión de la persona principal a cargo y del personal de gestión de seguridad de la producción han pasado la evaluación;

(5) El personal de operaciones especiales ha pasado la evaluación de las autoridades competentes pertinentes y obtuvo certificados de calificación de operación especial.

(6) Otros empleados han recibido educación y capacitación en seguridad de acuerdo con las regulaciones y han aprobado la evaluación;

(7) Participan en actividades relacionadas con el trabajo. seguro de accidentes de acuerdo con la ley y pagar las primas del seguro de accidentes laborales para los empleados;

(8) Realizar inspecciones periódicas de los lugares con riesgos laborales y disponer de medidas específicas para prevenir y controlar los riesgos laborales. y los empleados deberán estar equipados con suministros de protección laboral que cumplan con los estándares nacionales o los estándares de la industria de acuerdo con las regulaciones;

(9) Realizar evaluaciones de seguridad de acuerdo con la ley;

(10) Realizar evaluaciones de seguridad en el entorno de trabajo. Los equipos con altas condiciones y altos riesgos se inspeccionarán periódicamente y se implementarán salvaguardias técnicas de seguridad para prevenir accidentes;

(11) Instalaciones de almacenamiento y transporte de petróleo y gas , pendientes al aire libre, equipos de elevación de personal, estanques de relaves, lugares, instalaciones y equipos propensos a accidentes, como vertederos y almacenes de equipos de voladura, deben contar con archivos de registro, informes de inspección y evaluación y medidas de monitoreo de rescate de emergencia en caso de colapso de techos, inundaciones; colapso de pozos, desastres geológicos inducidos por la minería y otros accidentes;

(13) Establecer una organización de rescate de emergencia en caso de accidentes y equiparla con el equipo y el equipo de rescate de emergencia necesarios. La escala de producción es pequeña y no puede ser Si es así; necesario establecer una organización de rescate de emergencia en caso de accidente, se debe designar personal de rescate de emergencia a tiempo parcial y se debe firmar un acuerdo de rescate con la organización de rescate de emergencia en caso de accidente adyacente. Artículo 6 Las empresas mineras no carboníferas gestionadas centralmente (empresas del grupo, oficinas centrales, sociedades cotizadas) cumplen los requisitos de los puntos (1), (2), (3) y (4) del artículo 5 de estas Medidas, formulan medidas específicas para puntos (8), (10), (11) y (13) del artículo 5 de estas Medidas.

Artículo 7 Además de cumplir con las disposiciones del artículo 5 de estas Medidas, el sistema de producción de las empresas de exploración de petróleo y gas en tierra también deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) Pozos y estaciones de petróleo y gas, tanques, almacenes, tuberías, etc. El sitio debe establecer señales de seguridad obvias que prohíban los fuegos artificiales, utilizar equipos eléctricos a prueba de explosiones e instalar protección contra rayos, dispositivos antiestáticos y dispositivos de alarma y detección de concentraciones de gases inflamables;

(2) Pozos, estaciones, tanques, almacenes y tuberías de petróleo y gas. Si se requiere trabajo en caliente para la expansión, reconstrucción, revisión, mantenimiento, etc. de sitios de petróleo y gas, se deben cumplir las condiciones de trabajo contra incendios, se deben cumplir los procedimientos de trabajo contra incendios. deben completarse y se deben implementar medidas de seguridad antes de que se pueda realizar el trabajo en caliente;

(3 ) Las plantas, estaciones y almacenes de petróleo y gas deben estar equipados con dispositivos de ventilación seguros, antorchas de ventilación y dispositivos de ignición deben estar seguro y confiable, y las tuberías principales de entrada y salida de petróleo y gas deben estar equipadas con válvulas de cierre de emergencia;

(4) Los tanques de almacenamiento de petróleo y gas deben estar equipados con parallamas, válvulas de respiración mecánica y las válvulas de seguridad hidráulicas están rodeadas por terraplenes contra incendios y las tuberías de entrada y salida están conectadas con metal blando;

(5) Contenedores especiales de petróleo, generadores especiales de vapor húmedo, hornos de calefacción y válvulas de seguridad en calderas, Presión los medidores deben estar completamente instalados, tener un buen rendimiento y ser inspeccionados periódicamente;

(6) Caminos contra incendios, fuentes de agua contra incendios, instalaciones de protección contra incendios, equipos de protección contra incendios, etc. en plantas y estaciones de petróleo y gas, y los almacenes deben cumplir con las "Especificaciones de diseño de protección contra incendios de ingeniería de petróleo crudo y gas natural" (GB50183), y se implementarán las "Especificaciones de diseño de sistemas de extinción de incendios con espuma de baja expansión" (GB50151);

(7 ) Se debe mantener una distancia segura entre los oleoductos y gasoductos y las instalaciones importantes de acuerdo con las regulaciones pertinentes, y se debe instalar una válvula de corte en los lugares apropiados;

(8) El almacenamiento, transporte y uso de explosivos en las operaciones de prospección geofísica de petróleo cumplen con las disposiciones del "Reglamento sobre la administración de explosivos civiles";

(9) Las operaciones de perforación de petróleo y gas deben llevar a cabo el diseño de control de pozos, instalar dispositivos de control de pozos, formular e implementar medidas de control de pozos;

(10) Llevar a cabo registros de pozos, perforaciones, pruebas de petróleo y gas, fracturación, acidificación. Durante las operaciones de reparación de pozos, se deben seguir estrictamente los requisitos de diseño para la destrucción de pozos y los procedimientos de instalación en superficie. se deben reemplazar los dispositivos de boca de pozo adecuados para los requisitos de construcción y se debe pasar la prueba de presión;

(11) Antes del desarrollo de campos de gas natural que contienen sulfuro de hidrógeno, se debe llevar a cabo una evaluación e investigación. Al perforar, probar y producir petróleo y gas en pozos de petróleo y gas que contienen sulfuro de hidrógeno, se deben utilizar herramientas de prevención de azufre, herramientas de fondo de pozo, dispositivos de boca de pozo y técnicas de superficie, y se deben adoptar otras medidas técnicas y de protección para prevenir el daño del sulfuro de hidrógeno. .