Medidas de la Provincia de Qinghai para la Implementación de la Ley de Monopolio del Tabaco de la República Popular China
En las zonas donde no existe un departamento administrativo del monopolio del tabaco, el departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco encomendará a los departamentos administrativos pertinentes el ejercicio de los poderes de gestión del monopolio del tabaco. Artículo 4 Los departamentos de administración industrial y comercial, seguridad pública, precios, impuestos, transporte, correos y telecomunicaciones, inspección de productos, supervisión técnica y otros departamentos de todos los niveles cooperarán con el departamento administrativo del monopolio del tabaco en la gestión del monopolio del tabaco. Artículo 5 Toda la sociedad debe prestar atención a la publicidad y la educación sobre los riesgos para la salud del tabaquismo, prohibir o restringir fumar en el transporte público y en lugares públicos, y prohibir fumar entre los estudiantes de primaria y secundaria. Capítulo 2 Gestión de licencias Artículo 6 La producción y explotación de los productos del monopolio del tabaco estarán sujetas a un sistema de licencias. Las licencias de monopolio del tabaco se dividen en:
(1) Licencia de empresa de producción;
(2) Licencia de empresa mayorista (incluida la venta al por mayor y la venta al por mayor concurrente);
( 3) Licencia de venta minorista;
(4) Licencia especial de venta minorista de tabaco (incluidas las licencias para empresas minoristas de tabaco de contrabando incautadas). Artículo 7 Las empresas y las personas que se dedican a la producción y explotación de productos de monopolio de tabaco deben obtener una licencia de monopolio de tabaco, y el departamento administrativo industrial y comercial puede solicitar una licencia comercial. Artículo 8 Las licencias de monopolio de tabaco se expiden de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) Licencia de empresa de producción. Será revisado por el departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco y reportado al departamento administrativo del monopolio nacional del tabaco para su aprobación y emisión.
(2) Licencia de empresa mayorista. Las personas que se dediquen al comercio mayorista de tabaco o al comercio mayorista de productos especiales de tabaco en todo el país serán revisadas por el departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco y se informarán al departamento administrativo del monopolio nacional del tabaco para su aprobación; aquellas que se dediquen al comercio mayorista de tabaco y al por mayor confiado (incluido el comercio mayorista) dentro de la provincia; Para los negocios, será emitido por el departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco.
(3)Licencia minorista. Emitido por el departamento administrativo del monopolio local del tabaco o su departamento administrativo encargado.
(4) Licencia especial de venta minorista de tabaco (incluidas las licencias para empresas minoristas de tabaco de contrabando incautadas). Emitido por el departamento administrativo del monopolio provincial del tabaco. Artículo 9 Las licencias de monopolio del tabaco se expiden por licencia y están prohibidos el préstamo, el arrendamiento, la alteración, el comercio y la falsificación.
Las empresas y las personas que posean licencias de monopolio de tabaco deberán acudir al departamento original que emitió la licencia para realizar los procedimientos de inspección anual en el momento especificado cada año.
Las empresas e individuos que necesiten suspender sus negocios o perder su licencia de monopolio tabacalera deben acudir a la autoridad emisora de la licencia original para completar los procedimientos de manera oportuna. Capítulo 3 Producción, transporte y venta de productos de tabaco Artículo 10 El plan de producción total anual de las empresas fabricantes de productos de tabaco será emitido por el departamento administrativo del monopolio provincial de tabaco de acuerdo con el plan emitido por el estado, por grado y tipo; necesario exceder el total anual Los planes de producción para la producción de cigarrillos y puros deben presentarse al departamento administrativo del monopolio nacional de tabaco para su aprobación. Artículo 11 La firma y ejecución de contratos económicos para materias primas y auxiliares de las empresas fabricantes de productos de tabaco serán supervisadas y gestionadas por el departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco. Artículo 12 El transporte de productos del monopolio del tabaco estará sujeto al sistema de permisos de transporte. Ninguna unidad o individuo podrá transportar mercancías del monopolio del tabaco sin un permiso de transporte. Artículo 13: Las personas físicas no podrán portar más de 10 cigarrillos en otros lugares. Si se excede el límite debido a necesidades especiales, se deberá obtener un certificado emitido por el departamento administrativo del monopolio del tabaco a nivel de condado o superior. Artículo 14 Las empresas mayoristas que posean una licencia de monopolio del tabaco expedida por el departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco podrán comprar y vender productos del tabaco en toda la provincia.
Las empresas mayoristas (incluidas las mayoristas) de productos de tabaco encargadas deben comprar y vender productos de tabaco dentro del alcance prescrito, y no comprarán ni suministrarán productos de tabaco más allá del alcance prescrito.
Las empresas y los individuos que posean licencias minoristas de monopolio de tabaco deben comprar productos localmente; las áreas vecinas pueden elegir el punto mayorista más cercano para comprar productos. Artículo 15 Está prohibido operar productos de tabaco con marcas falsificadas, mohosos o estropeados, o productos de tabaco no planificados.
Capítulo 4 Supervisión y gestión Artículo 16 El departamento administrativo del monopolio del tabaco podrá, junto con los departamentos de aplicación de la ley pertinentes, supervisar e inspeccionar el transporte, compra y venta de productos del monopolio del tabaco, y las tiendas, almacenes y bazares que explotan productos del tabaco.
Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco y su personal deben ejercer sus poderes de conformidad con la ley y estar libres de interferencias ilegales. Artículo 17 Al inspeccionar o investigar casos ilegales, debe haber al menos dos miembros del personal del departamento administrativo del monopolio del tabaco, y deben presentar un certificado de inspección emitido por el departamento administrativo provincial del monopolio del tabaco.
Al detener o sellar documentos, materiales o bienes relacionados con actividades ilegales, se deberá emitir una lista. Artículo 18 El departamento administrativo del monopolio del tabaco y su personal investigarán y manejarán los casos ilegales con hechos claros, pruebas concluyentes, procedimientos legales y sanciones apropiadas. Artículo 19 Los productos de tabaco que sean transportados, operados, revendidos ilegalmente o comprados por la fuerza por los departamentos administrativos de aplicación de la ley deben entregarse a las compañías tabacaleras locales en o por encima del nivel del condado para su compra y no deben ser eliminados por ellos mismos. marcas registradas falsificadas incautadas y; Productos de tabaco mohosos y en mal estado, que serán destruidos por el departamento administrativo del monopolio del tabaco en colaboración con el departamento administrativo industrial y comercial.