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¿Se pueden embargar las casas pre-vendidas?

Análisis jurídico: Las casas pre-vendidas pueden ser embargadas, pero este tipo de embargo es preembargo, que se refiere a las medidas de control que se toman sobre bienes inmuebles que no han sido inscritos en la agencia registradora pero han cumplido ciertos trámites de preinscripción como aprobación o presentación. El sujeto de ejecución goza del derecho de no publicidad o del derecho a esperar derechos de propiedad.

Base legal: "Aviso del Tribunal Popular Supremo, el Ministerio de Tierras y Recursos y el Ministerio de Construcción sobre la regulación del trabajo de aplicación de los tribunales populares y la asistencia jurídica de las tierras y recursos y bienes inmuebles departamentos de gestión patrimonial en la aplicación de la ley."

Artículo 17 El plazo de preincautación es de dos años. Cuando expire el plazo, el sello podrá renovarse una vez. Al volver a sellar se hará nuevamente la sentencia de presellado y el aviso de asistencia a la ejecución. El período de renovación de la preimpresión es de un año. Si realmente fuera necesario renovar el sello en circunstancias especiales, deberá ser aprobado por el Tribunal Superior Popular y el período de cada renovación no excederá de un año.

Artículo 18 El efecto del embargo preliminar equivale al embargo formal. Si expira el período de preincautación y el tribunal popular no completa los procedimientos de renovación de la preincautación, la eficacia de la preincautación se extinguirá.