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Medidas para la gestión de la construcción de esculturas urbanas en Zhengzhou

Artículo 1: Con el fin de promover el desarrollo de la construcción de esculturas urbanas y mejorar el nivel de construcción urbana, estas Medidas se formulan de acuerdo con las leyes y regulaciones pertinentes y en combinación con la situación real de esta ciudad. Artículo 2 El término "escultura urbana" mencionado en estas Medidas se refiere a carreteras, plazas, espacios verdes, áreas residenciales, lugares escénicos, edificios públicos y otros lugares de actividad pública dentro del área de planificación urbana, así como instituciones, grupos, exteriores originales. esculturas construidas dentro de empresas e instituciones. Artículo 3 Estas Medidas se aplicarán a la construcción y gestión de esculturas urbanas dentro del área de planificación urbana de esta ciudad. Artículo 4 Las esculturas urbanas se llevarán a cabo de acuerdo con los principios de planificación unificada, diseño razonable e implementación paso a paso, combinados con las características culturales regionales y destacando el arte, la conmemoración, el simbolismo, la masa, la iconicidad y la decoración. El artículo 5 prohíbe la construcción de esculturas urbanas que contengan el siguiente contenido:

(1) Dañar la dignidad nacional, distorsionar o alterar la historia nacional;

(2) Dañar los sentimientos nacionales, sean contrario a los sentimientos nacionales, costumbres nacionales tradicionales;

(3) Contenido discriminatorio e insultante

(4) Otro contenido que pueda causar conflictos sociales y poner en peligro la estabilidad social. Artículo 6 El Gobierno Popular Municipal establecerá el Comité Directivo Municipal de Construcción de Esculturas Urbanas para proporcionar liderazgo y coordinación unificados para el trabajo de construcción y gestión de esculturas urbanas de la ciudad. Artículo 7 El Gobierno Popular Municipal establecerá fondos especiales para la construcción y desarrollo de esculturas urbanas que se utilizarán para la construcción y mantenimiento de esculturas urbanas públicas. Se anima a los fondos sociales y al capital extranjero a participar en la construcción de parques de esculturas y esculturas urbanas públicas. Artículo 8 El departamento administrativo municipal es el departamento administrativo responsable de la construcción y gestión de esculturas urbanas en esta ciudad. Es responsable de organizar y gestionar uniformemente la construcción de esculturas urbanas, y es responsable de aceptar y atender las opiniones y sugerencias de los ciudadanos. , personas jurídicas y otras organizaciones sobre la construcción y gestión de esculturas urbanas. Artículo 9 El departamento municipal de planificación urbana, junto con los departamentos municipales de administración, desarrollo y reforma, jardinería urbana, construcción, tierras y recursos, finanzas, cultura, turismo, gestión urbana y aplicación de la ley administrativa, preparará una construcción y desarrollo de escultura urbana. El plan basado en el plan general de la ciudad y el plan de uso del suelo se implementará después de la aprobación del Gobierno Popular Municipal y será responsable de gestionar la aprobación de la planificación de los proyectos de construcción de esculturas urbanas.

El departamento de reforma y desarrollo municipal, junto con la administración municipal, la jardinería urbana, las finanzas y otros departamentos, preparará un plan anual de construcción de esculturas públicas urbanas basado en el plan de construcción y desarrollo de esculturas urbanas, presentará presentarlo al gobierno popular municipal para su aprobación antes de su implementación, y ser responsable de Examinar y aprobar los proyectos de escultura urbana con inversión gubernamental de acuerdo con las regulaciones.

La dirección municipal de huertos urbanos es la encargada, en conjunto con las direcciones municipales de administración municipal y urbanismo, de proponer dictámenes de selección de sitio para esculturas urbanas que ocupen espacios verdes urbanos y plazas urbanas bajo su jurisdicción, y es responsable para la gestión de aprobación de ocupación del sitio y el mantenimiento de las esculturas una vez finalizadas.

Los departamentos administrativos de aplicación de la ley de gestión urbana municipal y distrital investigarán y abordarán las actividades ilegales en la construcción y gestión de esculturas urbanas de conformidad con las leyes, reglamentos, normas y estas Medidas pertinentes. Artículo 10: Las agencias, grupos, empresas e instituciones, bajo la dirección del Comité Directivo de Construcción de Esculturas Urbanas Municipales y los departamentos de gestión municipales y otros departamentos pertinentes, harán un buen trabajo en la gestión de las esculturas urbanas construidas dentro de sus propias unidades. Artículo 11 La construcción de esculturas urbanas deberá cumplir con el plan de construcción y desarrollo de esculturas urbanas, y el diseño de las esculturas deberá coordinarse con los edificios circundantes y la atmósfera paisajística. Si una escultura urbana se construye dentro del alcance de protección de una unidad de protección de reliquias culturales, debe presentarse al departamento administrativo de reliquias culturales correspondiente y al gobierno popular a nivel de condado o superior para su aprobación de acuerdo con las leyes y reglamentos antes de la construcción; Si se construye una escultura urbana dentro de la zona de control de construcción de una unidad de protección de reliquias culturales, se debe informar antes de la construcción y el plan de diseño se presentará al departamento administrativo de reliquias culturales correspondiente para su aprobación de acuerdo con el nivel de la unidad de protección de reliquias culturales. Artículo 12 Para la construcción de esculturas urbanas, la aprobación del proyecto y la aprobación del diseño de temas escultóricos se tramitará de acuerdo con la normativa nacional vigente. Artículo 13: El diseño y construcción de esculturas urbanas se encomendará a unidades o personas con las calificaciones correspondientes. Las unidades y personas sin las calificaciones correspondientes no pueden realizar tareas de diseño y construcción de esculturas urbanas.

La unidad o individuo de diseño y construcción es responsable de la calidad y seguridad de las esculturas urbanas diseñadas y construidas. Artículo 14 En el diseño de esculturas urbanas no se permite el plagio de obras ajenas. Artículo 15 Al construir esculturas urbanas, la unidad de construcción deberá acudir al departamento de planificación urbana municipal para solicitar el permiso de planificación del proyecto de construcción y otros procedimientos pertinentes antes de comenzar la construcción.

Sin embargo, quedan excluidas las esculturas al aire libre construidas en el interior de instituciones, grupos, empresas e instituciones. Artículo 16 La construcción de esculturas urbanas deberá proporcionar las condiciones necesarias para la realización de la creación y garantizar la calidad artística de las esculturas. Si es necesario cambiar el plan de creación o diseño, se debe realizar una demostración completa y se debe obtener el consentimiento del creador y diseñador original. Artículo 17 El creador y diseñador de esculturas urbanas supervisará y guiará todo el proceso de producción y construcción de esculturas para garantizar que la construcción se lleve a cabo de acuerdo con el plan de diseño. Artículo 18 Una vez terminada la escultura urbana, la unidad de construcción organizará los departamentos, expertos y unidades de creación, diseño y construcción pertinentes para realizar la evaluación y aceptación de acuerdo con el plan de diseño. La escultura sólo podrá entregarse después de pasar la evaluación y aceptación, y la propiedad y los derechos de propiedad intelectual de la escultura deben confirmarse de acuerdo con las regulaciones nacionales o acuerdos contractuales.

Cuando se entreguen esculturas urbanas, las unidades o individuos de diseño y construcción deberán informarles de las técnicas y métodos de mantenimiento de las esculturas. Artículo 19 Una vez terminada la escultura urbana, la unidad de construcción establecerá un archivo, lo archivará en el departamento administrativo municipal y transferirá toda la información relevante al departamento de gestión de archivos. Artículo 20 Para las esculturas urbanas invertidas por el gobierno o que participen en la inversión y construcción, las unidades o individuos de creación, diseño y construcción se determinarán mediante licitación.