¿Quién estipula las medidas específicas para el manejo de estupefacientes, psicotrópicos y precursores?
Medidas para la Gestión de Recetas
Artículo 11
Las instituciones médicas, de acuerdo con la normativa pertinente, realizarán el conocimiento y manejo estandarizado de los estupefacientes y psicotrópicos. para la formación de sus médicos en ejercicio. Los médicos en ejercicio tendrán derecho a recetar estupefacientes y psicotrópicos de Clase I después de aprobar el examen, y los farmacéuticos tendrán las calificaciones para preparar estupefacientes y psicotrópicos de Clase I después de aprobar el examen. Sólo después de que un médico haya obtenido la autorización para prescribir, puede recetar estupefacientes y psicotrópicos de clase I en esta institución, pero no está autorizado a recetarlos por sí mismo. Sólo después de que los farmacéuticos hayan obtenido las calificaciones para preparar estupefacientes y psicotrópicos de Clase I, podrán preparar estupefacientes y psicotrópicos de Clase I en su propia institución.