Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Reglas de procedimiento de la Asociación de voladuras de ingeniería de Chongqing

Reglas de procedimiento de la Asociación de voladuras de ingeniería de Chongqing

Capítulo 1 Disposiciones Generales

El artículo 1 se formula de conformidad con las disposiciones pertinentes del "Reglamento sobre Registro y Gestión de Grupos Sociales" emitido por el Consejo de Estado y los "Artículos de la Asociación de Ingeniería de Voladuras de Chongqing" y a la luz de la situación actual. estas reglas.

Artículo 2 El propósito de la formulación e implementación de este reglamento es fortalecer mejor la construcción propia y las operaciones estandarizadas de la asociación, desarrollar plenamente sus funciones y servir mejor al gobierno, la sociedad y las empresas.

Artículo 3 En el proceso de implementación de estas reglas, se deben respetar los principios de centralismo democrático y apertura, equidad e imparcialidad, y se deben respetar los métodos de trabajo de las reuniones democráticas y las consultas democráticas.

Artículo 4: Estas reglas se aplican a todos los niveles de la Asociación. Los líderes de todos los niveles y los jefes de departamentos relevantes deben desempeñar sus funciones y hacer un buen trabajo dentro de sus respectivos ámbitos de responsabilidad de acuerdo con las disposiciones de. estas reglas. , completar completamente las tareas asignadas.

Capítulo 2 Conferencia de Representantes de Miembros

Artículo 5 Los representantes de los miembros son los representantes legales de las unidades miembro de la asociación o las personas encomendadas por los representantes legales. El sistema de término de representación de la unidad se implementa. En el mismo plazo, si se producen cambios de personal, los candidatos para sus representantes deberán ajustarse en consecuencia, y las unidades miembro deberán notificar por escrito a la Secretaría de la Asociación para que conste.

Artículo 6 Una de las principales formas para que los representantes de los miembros participen en las discusiones es proponer propuestas sobre temas relacionados con la industria de las voladuras de ingeniería. El contenido de la moción incluye:

(1) Sugerencias sobre el plan de coordinación de la industria;

(2) Asuntos relevantes relacionados con la reforma y el desarrollo de la industria de voladuras de ingeniería;

( 3) Sugerencias sobre decisiones comerciales y de gestión que involucran empresas de voladuras de ingeniería;

(4) Informar violaciones de leyes, regulaciones, regulaciones laborales de asociaciones y acuerdos entre pares;

( 5) Respecto a Sugerencias sobre el funcionamiento y desarrollo de la asociación;

(6) Otras.

Artículo 7 El contenido de la moción debe incluir tres partes: motivo, explicación y método, y debe ser firmado por el proponente (o unidad) y el patrocinador (o unidad) antes de que pueda convertirse en una moción formal. El contenido de la moción debe ser conciso y claro. En principio la moción anterior sólo incluía una propuesta específica, la cual era presentada por escrito a la Secretaría cinco días hábiles antes de la reunión del Directorio, para su discusión y votación por parte del Directorio. de Directores.

Artículo 8 Una propuesta de membresía debe ser presentada conjuntamente por más de 5 miembros antes de que pueda convertirse en una propuesta, y más de 10 miembros deben apoyarla antes de que la propuesta pueda ser presentada y presentada al Congreso de Miembros o al Junta Directiva para discusión y votación. De acuerdo con las necesidades del trabajo de macrogestión, los departamentos gubernamentales proponen intenciones de coordinación a la asociación, y la asociación debe formular y proponer las propuestas correspondientes en consecuencia. Dichas propuestas se presentan y presentan directamente al congreso miembro o a la junta directiva para su discusión y votación.

Artículo 9 Durante la convocatoria de la Conferencia de Representantes de Miembros, los miembros presentarán propuestas a la Conferencia de Representantes de Miembros. Durante el período entre sesiones del Congreso de Miembros, los miembros presentan propuestas a la Junta Directiva.

Artículo 10 Corresponde al Secretario General clasificar, investigar y verificar las propuestas, y presentarlas al Congreso Miembro o a la Junta Directiva para su discusión y votación. Si una propuesta que involucra la denuncia de actividades ilegales no puede procesarse temporalmente, se debe explicar el motivo a la unidad miembro que propuso la propuesta.

Artículo 11 El Congreso de Miembros y la Junta Directiva tienen derecho a votar las propuestas de los miembros, y el método de votación adopta el sistema de votación.

Artículo 12 Procedimiento de votación:

(1) Descripción de la moción;

(2) Discusión de la moción;

( 3) Votación;

(4) Estadísticas de los resultados de la votación;

(5) Notificación de los resultados de la votación;

(6) Firmas de los votantes para confirmar la votación; resultados de la votación.

Artículo 13 En la votación, a la reunión de representantes de los miembros deben asistir más de 2/3 de los representantes de los miembros. Puede aprobarse con el consentimiento de más de la mitad de los representantes presentes.

Artículo 14 Después de la votación, los documentos de votación serán archivados por la Secretaría de la Asociación, siendo el Secretario General responsable de responderlos y ejecutarlos. Las resoluciones y planes de coordinación aprobados por el Congreso de Miembros y la Junta Directiva se consideran reglas comerciales y los miembros deben respetarlas e implementarlas conscientemente. Si tienes opiniones diferentes, puedes informarlas al Congreso de Miembros y a la Junta Directiva a través de propuestas, pero tus acciones deben ser consistentes con las resoluciones y planes de coordinación, y no estás autorizado a actuar por tu cuenta. se considerará una violación de las regulaciones de la industria y se tratará de acuerdo con las disposiciones pertinentes de los "Estatutos Sociales".

Artículo 15: El Congreso de Socios se realizará cada 4 años. Si es necesario adelantar o posponer la elección debido a circunstancias especiales, la junta directiva discutirá y decidirá, y la implementación podrá adelantarse o posponerse.

Artículo 16 Son funciones y facultades del Congreso Miembro:

(1) Formular y modificar el estatuto;

(2) Elegir y remover directores;< /p >

(3) Revisar el informe de trabajo y el informe financiero de la Junta Directiva;

(4) Decidir sobre asuntos de cese;

(5) Decidir sobre otros asuntos importantes.

Artículo 17 La conferencia de representantes de los miembros será presidida por turnos por los miembros del presidium. Los miembros del presidium de la conferencia son nominados por cada unidad miembro mediante consulta y aprobados por los delegados de la conferencia.

Artículo 18 La Conferencia de Representantes de Miembros establecerá una secretaría con 1 secretario general y 1 secretario general adjunto. El secretario general es designado por el presidium y aprobado por la asamblea general de miembros.

Artículo 19 La Secretaría notificará a cada unidad miembro y representante por escrito los principales temas de la conferencia y la hora de la reunión 30 días antes de la convocatoria de la Conferencia de Representantes Miembros.

Capítulo 3 Junta Directiva

Artículo 20 La naturaleza de la Junta Directiva: La Junta Directiva es el órgano ejecutivo del Congreso de Socios y dirige el trabajo general de la asociación cuando el Congreso Miembro no está en sesión, informar periódicamente el trabajo al Congreso Miembro y ser responsable ante el Congreso Miembro.

Artículo 21 Principios para el establecimiento de directores: con base en la situación actual de la industria de voladuras de ingeniería en Chongqing, las características de los derechos de propiedad diversificados y las diferentes escalas de empresas, reflejan de manera integral las opiniones de todas las partes y plenamente reflejan el carácter amplio y representativo en principio.

Artículo 22: Método de instalación de los directores: se adopta el sistema permanente de unidades de gobierno. Todos los cambios de personal en las unidades de gobierno serán recomendados por las unidades de gobierno y discutidos y decididos por la junta directiva, y se harán los ajustes correspondientes.

Artículo 23: La cuota de unidades rectoras: propuesta por el Consejo Permanente.

Artículo 24: Son funciones y atribuciones de la Junta Directiva:

(1) Ejecutar las resoluciones del Congreso Miembro

(2) Elegir y destituir al Presidente, Decidir sobre el nombramiento del vicepresidente, secretario general, presidente honorario y consultores;

(3) Preparar la convocatoria del congreso de miembros;

(4) Informar el trabajo y las finanzas al estado del congreso miembro;

(5) Decidir sobre la admisión o expulsión de miembros;

(6) Decidir sobre el establecimiento de oficinas, sucursales, oficinas de representación y entidades;

(7) Decidir sobre el nombramiento del subsecretario general y de los principales responsables de cada agencia;

(8) Dirigir las distintas agencias de la asociación para realizar su trabajo;

(9) Desarrollar sistemas de gestión interna;

(10) Decidir sobre otros asuntos importantes.

Artículo 25 Reglamento de efectividad del Consejo de Administración: El Consejo de Administración deberá tener presentes más de dos tercios de los directores para poder celebrar una sesión. Las resoluciones adoptadas por el consejo de administración deberán ser aprobadas por más de dos tercios de los directores presentes en la reunión para que surtan efecto.

Artículo 26 Periodo de la Junta Directiva: La Junta Directiva se reunirá cada dos años, en circunstancias especiales, también podrá ser convocada por comunicación;

Artículo 27 Presidente del Consejo de Administración: El Consejo de Administración será presidido por el Presidente. Si el presidente no pudiera asistir por motivos de negocio, designará un vicepresidente para que presida la reunión.

Artículo 28 Preparación de la Junta Directiva: La agenda, los informes de trabajo y los documentos y materiales relacionados discutidos por la Junta Directiva serán preparados por la Secretaría de la Asociación.

Capítulo 4 Consejo Permanente

Artículo 29 Naturaleza del Consejo Permanente: El Consejo Permanente es el órgano permanente del Consejo, que implementa las resoluciones del Consejo y es responsable de la Responsable.

Artículo 30: El número de directores titulares: Los directores titulares serán propuestos por el Consejo Permanente.

Artículo 31 Son facultades y deberes del Consejo Permanente:

(1) Implementar las resoluciones del Consejo;

(2) Informar los trabajos y trabajos a el Consejo Estado financiero;

(3) Discutir el resumen de trabajo del año anterior y el plan de trabajo para el año actual;

(4) Discutir y decidir sobre el nombramiento del secretario general adjunto y el jefe de la oficina de la asociación;

(5) Discutir y decidir sobre la división funcional y el plan de personal de las oficinas y sucursales de la asociación;

(6) Discutir y decidir sobre otros asuntos importantes.

Artículo 32: Reglamento sobre la validez del Consejo Permanente: El Consejo Permanente deberá tener presentes más de dos tercios de los directores permanentes antes de poder celebrar una reunión. Las resoluciones adoptadas por el Consejo Permanente deben ser aprobadas por más de dos tercios de los directores permanentes presentes en la reunión para que entren en vigor.

Artículo 33 Presidente del Consejo Permanente: El Consejo Permanente está presidido por el Presidente. Si el Presidente no pudiera asistir por motivos de negocios, el Presidente designará un vicepresidente para que presida la reunión. .

Artículo 34 Horario del Consejo Permanente: El Consejo Permanente se reúne una vez al año, en circunstancias especiales, también podrá celebrarse mediante comunicación.

Artículo 35 Preparación del Consejo Permanente: La agenda, el informe de trabajo y los documentos relacionados del Consejo Permanente serán preparados por la Secretaría de la Asociación.

Capítulo 5 Reunión de la Oficina del Presidente

Artículo 36 Naturaleza de la reunión de la oficina del Presidente: La reunión de la oficina del Presidente es para que los líderes de la asociación se informen entre sí sobre el estado del trabajo y coordinen el trabajo. pasos, una forma de trabajo y reuniones de rutina para trabajar juntos para abordar los principales problemas del trabajo diario.

Artículo 37 Participantes en la reunión de presidencia: Presidente, Vicepresidente y Secretario general. Dependiendo del tema de la reunión, se podrá invitar a asistir a la reunión al director jefe y a los subdirectores de los departamentos pertinentes. La reunión está presidida por el presidente.

Artículo 38 Contenido de la Reunión de Presidencia:

(1) Escuchar el informe de trabajo del Secretario General de la Asociación;

(2) Discutir y adoptar nuevas políticas Lista de miembros;

(3) Intercambiar estatus laboral y coordinar el despliegue del trabajo;

(4) Discutir y estudiar la agenda y el momento de convocar a la Junta Directiva o Consejo Permanente ;

(5) Discutir y estudiar los asuntos más importantes en el trabajo diario.

Artículo 39 Duración de la reunión del Presidente: se celebra cada seis meses. En circunstancias especiales, las reuniones también podrán celebrarse mediante comunicación.

Capítulo 6 Comité de Expertos

Artículo 40 Naturaleza del Comité Especial: El Comité Especial es una organización profesional de trabajo de la asociación para la realización de diversas actividades empresariales y es una unidad miembro de cada grupo Es un lugar para que líderes, expertos y gerentes de negocios discutan conjuntamente los principales temas corporativos.

Artículo 41 Constitución de comités especiales: Según las características de los proyectos de voladuras, constituir grupos de comités especiales para voladuras de demolición, voladuras de suelos y rocas, voladuras submarinas, voladuras subterráneas, etc.

Artículo 42 Miembros del Comité Especial: recomendados por los dirigentes de las unidades y asociaciones miembros, y formados previa discusión y aprobación del Consejo Permanente.

Artículo 43 Derechos de los miembros del comité especial:

(1) Tener derecho a elegir, ser elegido y votar;

(2) Tener el derecho a participar Diversas actividades organizadas por el comité especial;

(3) El derecho a participar en actividades recomendadas por el comité especial y a las que asista la asociación superior;

(4) El derecho a recibir la recomendación del comité especial Prioridad en la prestación de diversos servicios;

(5) El derecho a criticar y hacer sugerencias sobre el trabajo del comité especial;

(6) La membresía es voluntario y el retiro es gratuito.

Artículo 44 Obligaciones de los miembros del Comité Especial;

(1) Aplicar diligentemente las resoluciones del Comité Especial;

(2) Salvaguardar activamente la derechos e intereses legítimos y reputación del comité;

(3) Esfuerzos para completar diversas tareas asignadas por el comité especial;

(4) Informar activamente el trabajo y reflejar la situación al comité especial;

(5) Proporcionar datos estadísticos e información relevantes según lo requiera el Comité Especial;

(6) Realizar actividades organizadas por el Comité Especial según lo encomendado por el Comité Especial;

Responsabilidades del Comité Especial del Artículo 45:

(1) Organizar investigaciones especiales, reflejar las opiniones de la empresa y presentar sugerencias para mejorar el trabajo;

(2) Organizar a líderes, expertos y gerentes para que lleven a cabo seminarios especiales sobre temas importantes como el mercado, la seguridad, la tecnología y la gestión de la construcción;

(3) Organizar intercambios de experiencias y promover la gestión moderna mediante convocatorias in situ reuniones Métodos;

(4) Organizar conferencias especiales, realizar cursos de capacitación a corto plazo, seminarios académicos y visitas in situ;

(5) Organizar actividades de estudio e inspección dentro y fuera la ciudad;

(6) Realizar exposiciones y organizar actividades de capacitación relacionadas con esta especialización;

(7) Organizar y llevar a cabo trabajos de consulta de diseño de ingeniería de voladuras y evaluación de seguridad;

(8) Edición Publicar publicaciones y revistas informativas sobre voladuras de ingeniería y organizar compilaciones de datos relevantes;

(9) Proteger los derechos e intereses legítimos de las unidades miembros y fortalecer las conexiones entre empresas;

(10) Completar otras tareas asignadas por los departamentos gubernamentales pertinentes, la Secretaría Administrativa y encomendadas por las unidades miembros.

Artículo 46 Liderazgo organizativo del Comité Especial:

(1) El trabajo del Comité Especial se llevará a cabo bajo el liderazgo directo del Presidente de cada Comité Especial; grupo El trabajo del comité especial se llevará a cabo bajo el liderazgo directo y responsable del director del comité especial;

(2) Cada comité especial adopta el método de recomendación democrática y elige 1 director y 2 subdirectores;

(3) Los directores y subdirectores de cada comité especial durarán un período de dos años y podrán ser reelegidos.

(4) El plan de trabajo; del comité especial será determinada por el director jefe y adjunto del comité especial. El plan se investiga y formula conjuntamente y, bajo la dirección del director del comité especial, el secretario general lo coordina, organiza y ejecuta.

Artículo 47: Actividades del Comité Especial:

(1) Comunicación mutua. Organizados por cada unidad miembro, los intercambios de experiencias o seminarios especiales se llevan a cabo una o dos veces al año.

(2) Visita e inspección. De acuerdo con las necesidades de trabajo de las unidades miembro, los miembros del comité especial pueden organizar 1 o 2 actividades in situ para observación e inspección mutua cada año.

(3) Investigación especial. El comité especial organiza un grupo de investigación especial con líderes, expertos y personal de gestión empresarial para llevar a cabo investigaciones especiales y recomendar 1 o 2 informes de investigación o artículos académicos de alto nivel a la asociación cada año.

Capítulo 7 Reunión de la Oficina de la Secretaría de la Asociación

Artículo 48 La naturaleza de la reunión de la oficina de la Secretaría: La reunión de la oficina de la Secretaría es para comunicar el estado de trabajo de varios departamentos, estudiar el trabajo diario y coordinar Reuniones rutinarias para prácticas laborales.

Artículo 49 Personal que participa en la reunión: El personal que participa en la reunión de la oficina de la Secretaría es el Secretario General, el Vicesecretario General y los jefes de departamento. La reunión está presidida por el Secretario General o el Vicesecretario General.

El contenido principal de la reunión del Artículo 50:

(1) Transmitir el espíritu de las reuniones relevantes y los documentos relevantes del gobierno y las asociaciones de nivel superior;

(2) Varios departamentos (Centro) informan sobre el estado del trabajo reciente, estudian las tareas clave recientes y coordinan el despliegue de trabajo de varios departamentos.

(3) Discutir y estudiar el primer borrador de informes, solicitudes de instrucciones y planes presentados a los departamentos gubernamentales pertinentes, congresos miembros, consejos y consejos permanentes.

(4) Discutir los informes presentados por los departamentos funcionales (centros) y comités especiales de la Asociación de Investigación.

(5) Discutir los preparativos de diversas reuniones celebradas por la Asociación de Investigación;

(6) Discutir y estudiar otros asuntos propuestos por el Secretario General.

Artículo 51 Hora de reunión: Reunión de oficina de Secretaría, que se celebrará una vez al trimestre.

Implementación del Artículo 52 Contenido de la reunión: Las propuestas relevantes en la reunión de la oficina de la Secretaría deben compilarse y distribuirse como "Actas de la reunión", informarse a las agencias líderes relevantes, distribuirse a todos los departamentos relevantes de la asociación y copiarse. (o copiado) Informe a las unidades pertinentes.

Capítulo 8 Disposiciones Complementarias

Artículo 53 El derecho de interpretar estas normas corresponde al Consejo Permanente de la Asociación.

Artículo 54 Las presentes normas se aplicarán previa discusión y aprobación por el Consejo Permanente.