Disposiciones sobre el reconocimiento y protección de marcas notoriamente conocidas (revisadas en 2014)
El público relevante incluye consumidores relacionados con ciertos bienes o servicios marcados por la marca, otros operadores y vendedores que producen los bienes o prestan servicios antes mencionados, y el personal relevante involucrado en los canales de distribución. Artículo 3 La Oficina de Marcas y la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas son responsables de identificar y proteger las marcas reconocidas en el proceso de revisión del registro de marcas, resolución de disputas sobre marcas e investigación de casos de violación de marcas por parte de los departamentos administrativos industriales y comerciales. Artículo 4 La identificación de las marcas notorias se ajustará a los principios de identificación caso por caso y de protección pasiva. Artículo 5 Si una parte presenta una objeción a la Oficina de Marcas de conformidad con el artículo 33 de la Ley de Marcas y solicita protección de una marca notoriamente conocida de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Marcas, podrá presentar una solicitud por escrito de protección de una marca notoriamente conocida a la Oficina de Marcas y presentar su evidencia de que una marca constituye una marca notoriamente conocida. Artículo 6 En los casos de revisión de no registro de marca y casos de solicitud de nulidad, si las partes solicitan protección de marca notoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Marcas, podrán presentar una solicitud por escrito de protección de marca notoria a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas y presentar su composición de marcas registradas. Artículo 7 Los casos de infracción de marcas que impliquen la protección de marcas notoriamente conocidas estarán bajo la jurisdicción de los departamentos administrativos industriales y comerciales del nivel municipal (prefectura) o superior. Si una parte solicita al departamento administrativo de industria y comercio que investigue y trate violaciones de marcas, y solicita protección de una marca notoriamente conocida de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Marcas, podrá presentar una queja ante el departamento administrativo de industria y comercio en o por encima del nivel municipal (prefectura) donde ocurrió el acto ilegal, con una solicitud por escrito de protección de marca notoriamente conocida, y presentar pruebas que demuestren que la marca constituye una marca notoriamente conocida. Artículo 8 La parte que solicita la protección de una marca notoriamente conocida deberá observar el principio de buena fe y será responsable de la autenticidad de los hechos y pruebas presentadas. Artículo 9 Los siguientes materiales podrán utilizarse como prueba para acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14, párrafo 1 de la Ley de Marcas: (1) Materiales que demuestren que el público tiene conocimiento de la marca.
(2) Materiales que demuestren el plazo de uso de la marca, como el historial y el alcance del uso y registro de la marca, etc. Si la marca es una marca no registrada, se deberán aportar materiales que acrediten su uso durante no menos de cinco años. Si la marca es una marca registrada, se debe proporcionar material que demuestre que ha estado registrada por no menos de tres años o que ha sido utilizada continuamente por no menos de cinco años.
(3) Materiales que demuestren la duración, alcance y alcance geográfico de cualquier trabajo publicitario de la marca, como los métodos, alcance geográfico, tipos de medios publicitarios y montos publicitarios en los últimos tres años de publicidad y actividades promocionales.
(4) Materiales que demuestren que la marca ha sido protegida como marca notoriamente conocida en China u otros países y regiones.
(5) Otros materiales probatorios que demuestren que la marca es notoriamente conocida, como los ingresos por ventas, la participación de mercado, la utilidad neta, la situación fiscal, el área de ventas y otros materiales de los principales productos que utilizan la marca en los últimos tres años.
Los tres años y cinco años mencionados en el párrafo anterior se refieren a los tres y cinco años contados a partir de la fecha de la solicitud de registro de marca contra la cual se presenta la oposición, y a los tres y cinco años anteriores a la fecha de la solicitud de registro de marca cuya nulidad se solicita Tres o cinco años antes de la fecha de solicitud de protección de marca notoria en actos ilícitos. Artículo 10 Si una parte solicita la protección de una marca notoriamente conocida de conformidad con los artículos 5 y 6 de estas Disposiciones, la Oficina de Marcas y la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas aplicarán los artículos 35, 37 y 45 de la Ley de Marcas. Se tramitará con prontitud dentro del plazo previsto en el artículo. Artículo 11 Si una parte solicita al departamento de administración industrial y comercial que investigue y sancione las violaciones de marcas de conformidad con el artículo 7 de estas Disposiciones, el departamento administrativo industrial y comercial verificará los materiales de la queja y decidirá si cumple con las disposiciones pertinentes del " Procedimiento Administrativo Sancionador Disposiciones del Departamento Administrativo Industrial y Comercial" Presentar un caso. Luego de decidir presentar un caso, el departamento de administración industrial y comercial realizará una evaluación preliminar para determinar si la solicitud de protección de marca notoria y los materiales de prueba relevantes presentados por la parte cumplen con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Marcas, artículo 3 del Reglamento de desarrollo, y artículo 9 de este Reglamento. Verificación y revisión. Si cumple con los requisitos después de la verificación preliminar, deberá presentar una solicitud de reconocimiento de marca notoria y copias de los materiales del caso al departamento administrativo industrial y comercial superior dentro de los 30 días siguientes a la fecha de presentación del caso. Quienes incumplan las normas en el momento de su revisión serán atendidos oportunamente de conformidad con lo establecido en los procedimientos administrativos sancionadores para la administración industrial y comercial.
Artículo 12 El departamento administrativo de industria y comercio provincial (región autónoma, municipio) verificará si los materiales pertinentes presentados por el departamento administrativo de industria y comercio a nivel municipal (prefectura) dentro de su jurisdicción cumplen con los artículos 13 y 14 de la Marca Ley y Reglamento de Aplicación 》Se verificarán y revisarán los artículos 3 y 9 de este Reglamento. Si se verifica que cumple con los requisitos, deberá presentar una solicitud de reconocimiento de marca notoria y copias de los materiales del caso a la Oficina de Marcas dentro de los 30 días a partir de la fecha de recepción de los materiales relevantes para el reconocimiento de marca notoria. Si el caso no cumple con los requisitos luego de su revisión, los materiales pertinentes serán devueltos a la autoridad de presentación original, la cual lo atenderá prontamente de conformidad con lo establecido en los procedimientos administrativos sancionadores para la administración industrial y comercial.