Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Es ilegal decir malas palabras?

¿Es ilegal decir malas palabras?

Decir malas palabras en la puerta es ilegal. Los derechos personales de todos son inviolables y puedes llamar a la policía, quien te criticará y educará. La parte insultada tiene derecho a exigir disculpas a la parte insultada. Las disputas pueden resolverse mediante negociaciones o medios legales, pero es ilegal resolverlas insultando a otros. Si las circunstancias son graves, puede constituir delito de injuria, es decir, utilizar la violencia u otros medios para degradar abiertamente la personalidad y dañar la reputación de los demás.

Declarar malas palabras es ilegal, pero no es un delito. En la vida real, mucha gente dice malas palabras. Decir malas palabras no sólo es inmoral sino también ilegal. En circunstancias especiales puede existir el delito de injuria y, en casos graves, puede castigarse como delito. El que cometa el delito de injuria será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos.

¿Cuáles son los criterios para presentar una injuria?

1. Si se sospecha que alguien insulta públicamente a otros mediante violencia u otros métodos, y las circunstancias son graves, se debe presentar un caso.

2. El delito de injuria es un delito de circunstancia. El comportamiento del perpetrador de insultar públicamente a otros debe ser "grave" para constituir un delito y rendir cuentas.

3. Poner en grave peligro el orden social se refiere a la situación en la que el insulto ha provocado que la víctima sufra un trastorno mental o incluso se suicide, y la víctima no puede reconocer o pierde la capacidad de reconocer. "Poner en peligro los intereses nacionales" se refiere a insultar a un objetivo específico, lo que no sólo daña la reputación personal de la víctima, sino que también daña los intereses nacionales.

Base jurídica: Artículo 293 de la “Ley Penal de la República Popular China” Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de provocación, provocación o alteración del orden social será sancionado con pena privativa de libertad de duración determinada de no más de cinco años, detención penal o vigilancia:

(1) Golpear a otros a voluntad, en circunstancias graves;

(2) Perseguir, interceptar, insultar o intimidar a otros, con circunstancias graves;

(3) Extorsión O dañar u ocupar arbitrariamente propiedad pública o privada, las circunstancias son graves;

(4) En lugares públicos, causar desorden grave en lugares públicos.

Quien congregue varias veces una multitud para cometer los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado.