¿Se considera delito de convivencia la convivencia ilegal? ¿Qué es la ley?
No existe ningún concepto legal de convivencia ilegal. En términos generales, existen dos situaciones de convivencia ilegal: una es la convivencia no matrimonial y la otra es la convivencia bígama.
La convivencia no matrimonial significa que el hombre y la mujer viven juntos como marido y mujer sin completar los trámites de registro del matrimonio.
Bigamia y convivencia significa que a las personas casadas se les permite vivir con sus cónyuges y con personas del sexo opuesto, y el público también lo considera un comportamiento de convivencia entre marido y mujer.
Cabe señalar que la ley no prohíbe la convivencia no matrimonial, es decir, la convivencia entre amantes. La ley no la prohíbe, pero tampoco la fomenta.
La convivencia bígama es un acto ilegal que vulnera la ley de monogamia y está prohibido por la ley. Base jurídica: El apartado 2 del artículo 1042 del Código Civil (en vigor desde enero de 2021) estipula que los cónyuges tienen prohibido vivir juntos. El artículo 1079, párrafo 3, punto 1 estipula que si fracasa el matrimonio o la convivencia con otra persona, se concederá el divorcio. El artículo 1091 (1)
Uno o dos de ellos estipulan que en caso de divorcio por bigamia o por convivencia con otra persona, la parte inocente tiene derecho a reclamar daños y perjuicios.
Al mismo tiempo, este tipo de convivencia constituye un delito, pero la ley no prevé el delito de "convivencia ilegal". La convivencia bígama se refiere a una pareja casada que tiene un cónyuge que vive con alguien del sexo opuesto. El público también lo considera marido y mujer que viven juntos, lo que constituye bigamia. El artículo 258 del Código Penal estipula que toda persona que tenga cónyuge y cometa bigamia, o que a sabiendas se case con otra persona que tenga cónyuge, será condenada a pena de prisión de duración determinada no superior a dos años o a prisión penal.
En resumen, generalmente la convivencia no matrimonial no es ilegal ni delictiva, pero es inmoral que una persona que tiene cónyuge viva con otra persona o viva con ella sabiendo que tiene cónyuge. Vivir juntos en nombre de marido y mujer es un delito o el público lo considera una relación entre marido y mujer.