Modificación ilegal de declaraciones de testigos
Las cosas específicas que escuchó son demasiado breves para emitir un juicio. Es necesario aclarar las condiciones, como si la demanda es civil o penal, quién es la persona que modificó el testimonio en la demanda, el alcance y circunstancias de la modificación, etc. A continuación se detallan las disposiciones pertinentes sobre obstrucción de la justicia para que las enumere, podrá consultarlas detalladamente según las circunstancias del caso:
Artículo 305: En el proceso penal, los testigos, tasadores, registradores, y los traductores tergiversan intencionalmente circunstancias importantes del caso. Cualquier persona que haga certificaciones, tasaciones, registros o traducciones falsas con la intención de incriminar a otros u ocultar pruebas criminales será sentenciado a pena de prisión fija de no más de tres años o prisión penal; si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a siete años.
Artículo 306: En el proceso penal, los defensores o agentes ad litem destruyan o falsifiquen pruebas, ayuden a las partes a destruir o falsifiquen pruebas, amenacen o induzcan a los testigos a cambiar su testimonio sobre los hechos o cometan perjurio, serán sancionados. Una persona será condenada a una pena de prisión de no más de tres años o de prisión preventiva si las circunstancias son graves, será condenada a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de siete años;
El testimonio de un testigo u otra evidencia proporcionada, presentada o citada por el defensor o el agente litigante es inexacta y no está falsificada intencionalmente, y no constituye evidencia falsificada.
Artículo 307: El que utilice violencia, amenazas o soborno para impedir que los testigos declaren o instruya a otros a dar falso testimonio, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva si la hubiere; Las circunstancias son graves, será condenado a una pena de prisión no inferior a tres años ni superior a siete.
Quien ayude a una parte a destruir o fabricar pruebas, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no mayor de tres años o a prisión penal.
El personal judicial que cometa los delitos previstos en los dos primeros párrafos será severamente castigado.
¡Espero que mi respuesta te pueda ayudar!