Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Qué debo hacer si mi heredero es menor de edad?

¿Qué debo hacer si mi heredero es menor de edad?

Subjetividad jurídica:

Los hijos menores del difunto pertenecen al primer orden de herederos legales. En ausencia de testamento o acuerdo de apoyo al legado, el patrimonio puede distribuirse equitativamente entre los herederos legales. Si no tienes capacidad laboral ni fuente de ingresos, deberías destinar más al distribuir tu herencia. Artículo 13 de la "Ley de Sucesiones": Las partes de la herencia de los herederos en el mismo orden serán generalmente iguales. A la hora de distribuir la herencia se deben tener en cuenta los herederos con especiales dificultades y falta de capacidad laboral. Los herederos que hayan cumplido las principales obligaciones alimentarias del difunto o que vivan con él podrán recibir más acciones al distribuir el patrimonio. Si un heredero que tiene capacidad y condiciones para sustentar incumple su obligación de sustentar, la herencia no podrá dividirse ni dividirse. Los herederos también pueden ser desiguales si se ponen de acuerdo mediante consulta. Artículo 14 Las personas que dependen del difunto para su manutención, las personas que no pueden trabajar y no tienen ninguna fuente de ingresos y las personas que tienen más dependientes que herederos pueden heredar adecuadamente.

Objetividad jurídica:

Artículo 19 de la “Ley Civil de la República Popular China”* * *Los menores de ocho años son personas con capacidad limitada para la conducta civil y serán representado por sus representantes legales o reconocido o ratificado por su apoderado legal; sin embargo, los actos jurídicos civiles que sean puramente beneficiosos o acordes con su edad e inteligencia podrán realizarse de manera independiente; Artículo 127 La herencia se hereda por el siguiente orden: (1) Primer orden: cónyuge, hijos, padres; (2) Segundo orden: hermanos, hermanas, abuelos y abuelos maternos. Una vez que comience la herencia, los herederos del primer orden heredarán y los herederos del segundo orden no heredarán. Si no hay herederos del primer orden, heredarán los herederos del segundo orden. Los hijos mencionados en esta sección incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes. Los padres a los que se hace referencia en esta sección incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros dependientes. El término "hermanos y hermanas", como se menciona en esta sección, incluye hermanos y hermanas de los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros y hermanas con relaciones de dependencia.