La finca se considera abandonada
En primer lugar, renuncia automática a los derechos sucesorios
La herencia no se renunciará automáticamente con el tiempo. Iniciada la herencia, si el heredero renuncia a ella, deberá hacer declaración escrita de renuncia antes de disponer de la herencia; si no hay expresión, se tendrá por aceptada la herencia;
Comenzada la herencia, se tratará conforme a la herencia legal; si hay testamento, se tratará conforme al testamento o legado si hay pacto de legado y manutención; se manejará de conformidad con el acuerdo. Una vez iniciada la herencia, si el heredero renuncia a ella, deberá hacer una declaración de renuncia antes de disponer de la herencia. Si no hay indicación, se tendrá por aceptada la herencia. El plazo para interponer demandas en materia de derechos sucesorios es de tres años, contados a partir de la fecha en que el heredero sabe o debe saber que sus derechos han sido vulnerados. Sin embargo, no podrá interponerse acción alguna pasados veinte años del inicio de la herencia.
2. Disposiciones legales sobre los derechos sucesorios de los hijastros
1. Los hijos de hijastros que formen una relación de parentesco tienen derecho de subrogación en la herencia de sus padrastros. La subrogación, también conocida como herencia indirecta, se refiere a una forma legal de herencia en la que los hijos del difunto mueren antes que él y sus parientes consanguíneos directos heredan la herencia en nombre del difunto. Los hijos biológicos y los hijos adoptados de los hijastros que han formado una relación de custodia tienen el derecho de subrogación en el patrimonio del padrastro, pero la ley no estipula si los hijastros de los hijastros que han formado una relación de custodia tienen el derecho de subrogación. En la práctica, se cree generalmente que mientras un hijastro establezca una relación de custodia con su hijastro, los hijastros del hijastro que establezca una relación de custodia tienen derecho a reclamar una compensación por subrogación.
2. Que los hijastros hereden la herencia de sus padrastros no les impide heredar la herencia de sus padres biológicos.
Si un hijastro hereda el patrimonio de sus padrastros, no afecta su herencia del patrimonio de sus padres biológicos. Los hijastros que forman una relación de custodia con sus padrastros tienen derechos de herencia tanto sobre sus padrastros como sobre sus padres biológicos.
3. Normativa pertinente para determinar los estándares de derechos sucesorios de los hijastros.
Los hijastros que son criados por sus padrastros tienen derecho a heredar el patrimonio de sus padrastros porque existe un parentesco legal ficticio entre ellos. Los hijastros pueden heredar la herencia del difunto al igual que los hijos legítimos. heredero legal del causante.
Jurídicamente, esta relación de dependencia se manifiesta principalmente en los siguientes aspectos:
(1) Los padrastros han cumplido con su obligación de criar a los hijastros menores: los hijastros son criados por los padrastros. Se proporciona asistencia financiera; los hijastros son criados y educados por sus padrastros.
(2) Los padrastros cumplen con su deber de apoyar a los hijastros adultos cuyo comportamiento es restringido o incompetente.
(3) Los hijastros han cumplido con su obligación de mantener a sus padrastros;
(4) Los hijastros han apoyado económicamente a sus padrastros;
(5) Hijastros ayudar a sus padrastros en la vida diaria.
Si el padre o la madre biológicos del hijastro se vuelven a casar, el hijastro se separa cuando sea adulto, o si el padre o la madre biológicos del hijastro se vuelven a casar, el hijastro no vive con el padrastro o la madrastra, sino que es criado y educado por los abuelos, Si los hijastros no cumplen con sus obligaciones de criar y ayudar a su padrastro o madrastra, la relación de custodia entre los hijastros y los padrastros no puede ser reconocida, y los hijastros no pueden heredar la herencia de los padrastros. Siempre que exista una de las situaciones en las que los padrastros apoyan a los hijastros y los hijastros apoyan a los padrastros, se puede considerar que los hijastros y los padrastros han formado una relación de apoyo, y los hijastros y los padrastros disfrutan de los derechos de herencia de cada uno de acuerdo con la ley.
En tercer lugar, ¿los hijastros menores tienen derechos de herencia?
Que los hijastros tengan derechos de herencia depende de si se forma una relación de custodia. El "Código Civil de Sucesiones" de mi país estipula que la herencia debe heredarse en el siguiente orden: primer orden: cónyuge, hijos, padres. Los hijos mencionados en esta Ley incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.
Objetividad jurídica:
Artículo 123 del "Código Civil de la República Popular China" Una vez iniciada la herencia, se tramitará de acuerdo con la herencia legal si la hubiere; un testamento, se tramitará de conformidad con el testamento o legado; si existe un acuerdo de apoyo al legado, se tramitará de conformidad con el acuerdo; Artículo 127 del "Código Civil de la República Popular China" El orden de herencia es: (1) Primer orden: cónyuge, hijos, padres; (2) Segundo orden: hermanos, hermanas, abuelos y abuelos maternos. Una vez que comience la herencia, los herederos del primer orden heredarán y los herederos del segundo orden no heredarán. Si no hay herederos del primer orden, heredarán los herederos del segundo orden.