Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Estándares de sentencia para el delito de obtención ilegal de información informática

Estándares de sentencia para el delito de obtención ilegal de información informática

Subjetividad jurídica:

La pena por el delito de proporcionar control ilegal de herramientas de sistemas de información informática se basa en el artículo 285 de la “Ley Penal” para obtener ilegalmente datos de sistemas de información informáticos y controlar ilegalmente los delitos contra los sistemas de información informáticos violar las regulaciones estatales al invadir sistemas de información informáticos distintos de los especificados en el párrafo anterior o utilizar otros medios técnicos para obtener datos almacenados, procesados ​​o transmitidos en el sistema de información informático, o ejercer control ilegal sobre el sistema de información informático , y las circunstancias sean graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa si las circunstancias son especialmente graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años; menos de tres años y no más de siete años, y también será multado. El delito de proporcionar programas y herramientas para invadir y controlar ilegalmente sistemas de información informática es proporcionar programas y herramientas utilizados específicamente para invadir y controlar ilegalmente sistemas de información informáticos, o proporcionar programas y herramientas a otras personas sabiendo que están cometiendo actos ilícitos y delictivos. Los actos de intrusión y control ilegal de sistemas informáticos de información, si las circunstancias son graves, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si una unidad comete los delitos previstos en los tres párrafos anteriores, será multada y los responsables directos y demás responsables directos serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en los párrafos respectivos. Objetividad jurídica:

Violar la normativa nacional, invadir sistemas de información informáticos distintos de los especificados en el párrafo anterior o utilizar otros medios técnicos para obtener datos almacenados, tratados o transmitidos en el sistema de información informático, o ejercer persecución sobre el control ilegal del sistema informático, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y concurrente o únicamente con multa si las circunstancias son especialmente graves; Pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa. Si una unidad comete un delito, será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en este párrafo.