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¿Qué ley viola un fan negro al criticar a una celebridad?

La calumnia maliciosa de una celebridad puede constituir difamación. Los sujetos civiles disfrutan del derecho a la reputación. Ninguna organización o individuo puede infringir los derechos de reputación de otros insultándolos o difamándolos. La reputación es una evaluación social del carácter moral, la reputación, el talento y el crédito de un sujeto civil. Difamar deliberadamente la reputación de la persona que la calumnió se considera difamación. Se refiere a fabricar y difundir deliberadamente hechos ficticios que son suficientes para degradar la personalidad de los demás y dañar su reputación.

1. Determinación de insulto grave

Las llamadas circunstancias graves se refieren principalmente a fabricar hechos para insultar a otros varias veces; fabricar hechos para causar daños graves a la personalidad y reputación de otros; inventar hechos para insultar a otros, causar efectos adversos para causar trastornos mentales o provocar que la víctima se suicide, etc. Para circunstancias específicas, consulte las disposiciones de las interpretaciones judiciales pertinentes:

El uso de redes de información para difamar a otros en cualquiera de las siguientes circunstancias se considerará una "circunstancia grave" estipulada en el primer párrafo del artículo. 246 de la Ley Penal:

(1) Se ha hecho clic en la misma información difamatoria, se ha visto más de 5.000 veces o se ha reenviado más de 500 veces (2) ha causado un trastorno mental a la víctima o a sus allegados; familiares, automutilación, suicidio y otras consecuencias graves;

(3) Calumniar a otros dentro de los dos años de recibir una sanción administrativa por difamación;

(4) Otras circunstancias graves.

Es decir, salvo las circunstancias graves antes mencionadas u otras circunstancias similares, otras conductas que insulten a otros en lugares públicos son violaciones de la "Ley de Sanción de la Gestión de la Seguridad Pública" y pueden estar sujetas a sanciones administrativas. sanciones.

2. Características del delito de injuria

1. La injuria debe realizarse en público. El llamado insulto "público" se refiere a insultar a otros delante de un tercero o incluso de todos, o de una manera que pueda ser escuchada o vista por personas no especificadas o por la mayoría de las personas. La divulgación no requiere necesariamente que la víctima esté presente. Si se trata simplemente de un insulto a la víctima, y ​​no hay ningún tercero presente y el tercero no puede saberlo, no constituye delito de injuria. Porque sólo la existencia de un tercero puede dañar la reputación exterior de la víctima.

2. El destinatario del insulto debe ser una persona concreta. La persona concreta puede ser una o varias personas, pero debe ser concreta e identificable. Los insultos sin un destinatario específico en público no constituyen insultos.

3. Aunque existe una conducta que insulta abiertamente a otros, no es grave y es sólo una infracción civil general.

4. Los casos de insultos son un tipo de casos de acusación privada y siguen siendo casos que se manejan sólo después de haber sido informado. La víctima debe presentar una acusación privada ante el Tribunal Popular de conformidad con la ley; de lo contrario, la Fiscalía Popular generalmente no presentará una acusación pública ante el tribunal. Los casos de insultos son un tipo de acusación privada y sólo se tramitan después de haber sido informado. La víctima debe presentar una acusación privada ante el Tribunal Popular de conformidad con la ley; de lo contrario, la Fiscalía Popular generalmente no presentará una acusación pública ante el tribunal.

Base jurídica:

Artículo 246 de la Ley Penal

Quien insulte abiertamente a otros con violencia u otros métodos o inventa hechos para difamar a otros, si las circunstancias lo permiten. grave, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva, vigilancia o privación de derechos políticos.