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Medidas administrativas de Qingdao para el manejo de disputas por infracción de patentes

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Para manejar eficazmente las disputas por infracción de patentes, proteger los derechos e intereses legítimos de las partes, mantener el orden social y económico y fomentar la innovación independiente, estas Medidas se formulan de conformidad con la Ley de Patentes de la República Popular. de China y otras leyes y regulaciones, y en conjunto con la situación real de esta ciudad. Artículo 2 Estas Medidas se aplicarán al manejo administrativo de disputas por infracción de patentes dentro de la región administrativa de esta ciudad. Artículo 3 El término “disputas por infracción de patentes”, tal como se menciona en estas Medidas, incluye disputas por infracción de patentes y disputas sin infracción de patentes. Artículo 4 La Oficina Municipal de Propiedad Intelectual de Qingdao (en adelante, la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual) es responsable de la gestión administrativa de las disputas por infracción de patentes dentro de su región administrativa. Capítulo 2 Jurisdicción y Aceptación Artículo 5 Si el titular de la patente o el interesado considera que se han infringido sus derechos de patente, podrá solicitar a la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual que se ocupe del asunto.

Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que hayan sido advertidos por los titulares de patentes o interesados ​​de que se han infringido sus derechos de patente, podrán solicitar a la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual que confirme que sus actuaciones no infringen derechos de patente.

Los interesados ​​a que se refiere este artículo son los licenciatarios del contrato de licencia de ejecución de la patente, los sucesores legales de los derechos de la patente, etc. En las disputas por infracción de patentes, el licenciatario del contrato de licencia exclusiva puede presentar una solicitud por separado; si el titular de la patente no presenta una solicitud, el licenciatario del contrato de licencia exclusiva puede presentar una solicitud por sí solo; Artículo 6 Una solicitud de solución de una disputa por infracción de patente deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) El solicitante es el titular de la patente o una parte interesada;

(2) Hay una claro demandado;

(3) Hay solicitudes, hechos y motivos específicos;

(4) El domicilio del demandado o el lugar de la infracción se encuentra dentro del área administrativa de esta ciudad ;

(5) Ninguna de las partes presentó una demanda ante el Tribunal Popular con respecto a esta disputa. Artículo 7 Para solicitar la solución de una disputa sobre la confirmación de la no infracción de los derechos de patente, se deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) El solicitante es un ciudadano, persona jurídica u otra organización que haya sido advertido de infracción;

(2) ) Hay un demandado claro;

(3) Hay solicitudes y hechos específicos, razones y evidencia de advertencia;

(4) El domicilio del demandado o el nombre del peticionario El lugar de advertencia de infracción se encuentra dentro del área administrativa de esta ciudad;

(5) Ninguna de las partes presentó una demanda ante el Tribunal Popular con respecto esta disputa. Artículo 8 Los lugares de infracción mencionados en el Artículo 6 (4) y el Artículo 7 (4) de estas Medidas incluyen: la fabricación, uso, suministro, venta, importación y exportación de productos acusados ​​de infringir derechos de patente de invención y modelo de utilidad; lugar donde se utiliza el método patentado, el lugar donde se utiliza el producto obtenido directamente según el método patentado, el lugar donde se prometen las ventas, el lugar de venta, el lugar de importación y exportación, el lugar de fabricación, venta, Se llevan a cabo la importación y exportación de productos de diseño patentados. El lugar donde se produjo la infracción resultante de la infracción antes mencionada. Artículo 9 Al solicitar la solución de una disputa por infracción de patente, el peticionario deberá presentar prueba de identidad, una solicitud y pruebas pertinentes, y presentar una solicitud y copias de las pruebas según el número de personas solicitadas.

Al solicitar la solución de una controversia que se confirme que no infringe derechos de patente, el solicitante deberá presentar prueba de identidad, una solicitud, el texto del anuncio de autorización de la patente, evidencia del titular de la patente o advertencia del interesado. de infracción de patentes, y la advertencia sobre productos o métodos que infrinjan patentes, etc. , y presentar carta de solicitud y copia de pruebas de acuerdo al número de personas solicitadas.

El solicitante clasificará y numerará uno por uno los materiales de prueba presentados, describirá brevemente la fuente, objeto y contenido de los materiales de prueba, los firmará o sellará e indicará la fecha de presentación. Artículo 10 La solicitud incluirá el siguiente contenido:

(1) El nombre, sexo, edad, origen étnico, ocupación y residencia de la parte interesada, el nombre y residencia de la persona jurídica u otra organización, el nombre y cargo del representante legal o responsable principal;

(2) Solicitud específica y los hechos y motivos en que se fundamenta;

(3) Firma o sello del solicitante. Artículo 11 La Oficina Municipal de Propiedad Intelectual decidirá si acepta la solicitud dentro de los siete días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud y las pruebas pertinentes, y notificará al solicitante por escrito. Si los materiales presentados por el peticionario están incompletos, la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual podrá exigir al peticionario que los complete dentro de un plazo determinado. Artículo 12 Las partes podrán confiar a uno o dos agentes la participación en la tramitación de controversias por infracción de patentes. Si la parte designa apoderado, deberá presentar poder en el que conste las materias y facultades encomendadas.

Capítulo 3 Tramitación Artículo 13 Si la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual decide aceptar el caso, enviará copia de la solicitud al demandado dentro de los cinco días siguientes a la fecha de presentación del caso. El demandado deberá presentar un escrito de contestación dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de copia de la solicitud. Si el demandado no presenta su escrito de contestación dentro del plazo, ello no afectará la tramitación del caso por parte de la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual. Artículo 14 Se formará un panel colegiado para manejar las disputas por infracción de patentes. Los miembros del panel colegiado estarán compuestos por personal de la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual que tenga calificaciones administrativas en materia de aplicación de la ley, conocimientos profesionales correspondientes y esté familiarizado con las leyes pertinentes. Artículo 15 Si un miembro del panel colegiado que maneja una disputa por infracción de patente se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias, tomará la iniciativa de solicitar la recusación, y las partes también podrán solicitar la recusación: (1) Son parte de el caso o un pariente cercano de una parte o agente;

(2) Tener un interés en el caso;

(3) Tener otras relaciones con las partes involucradas en el caso. caso, lo que puede afectar el manejo justo del caso.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a los reporteros, traductores, tasadores e investigadores.