Medidas para la Supervisión y Administración de la Calidad e Inocuidad de la Sal
Artículo 1: Con el fin de fortalecer la supervisión y gestión de la calidad y seguridad de la sal y proteger la salud pública y la seguridad de la vida, de acuerdo con la "Ley de Seguridad Alimentaria de la República Popular China" y la "Seguridad Alimentaria Ley de la República Popular China” Estas Medidas se formulan de acuerdo a leyes y reglamentos tales como el Reglamento para la Implementación de la Ley y las Medidas para el Monopolio de la Sal. Artículo 2 Estas Medidas se aplicarán a quienes se dediquen a actividades de producción y operación de sal y a la supervisión y gestión de la calidad y seguridad de la sal dentro del territorio de la República Popular China. Artículo 3 La Administración Estatal de Regulación del Mercado es responsable de la supervisión y gestión de la calidad y seguridad de la sal en todo el territorio nacional.
Los departamentos de gestión y supervisión del mercado local a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de la calidad y seguridad de la sal dentro de sus respectivas regiones administrativas de acuerdo con sus responsabilidades legales. Artículo 4 Los productores y comerciantes de sal realizarán actividades productivas y comerciales de conformidad con las leyes, reglamentos, reglas y normas de seguridad alimentaria, y serán responsables de la calidad e inocuidad de la sal. Artículo 5 Las organizaciones de la industria de la sal establecidas de conformidad con la ley fortalecerán la autodisciplina de la industria, guiarán e instarán a los productores y operadores de sal a producir y operar de acuerdo con la ley, promover la construcción de la integridad de la industria y publicitar y popularizar la calidad y seguridad de la sal. conocimiento. Artículo 6 Para ejercer actividades de producción de sal se deberá obtener una licencia de producción de alimentos de conformidad con lo dispuesto en las "Medidas para la Administración de Licencias de Producción de Alimentos". La licencia de producción de sal para alimentos es responsabilidad de los departamentos de supervisión y administración del mercado de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Para ejercer actividades de venta al por mayor y al por menor de sal, se debe obtener una licencia de negocio de alimentos de acuerdo con las “Medidas para la Administración de Licencias de Negocios de Alimentos”. Artículo 7 Los productores y comerciantes de sal garantizarán que la sal que producen y comercializan cumpla con las leyes, reglamentos, reglas y normas de seguridad alimentaria.
Las empresas productoras de sal deberán utilizar aditivos alimentarios de acuerdo con las normas nacionales de seguridad alimentaria y no excederán el alcance y los límites de uso estipulados en las normas nacionales de seguridad alimentaria.
El almacenamiento y transporte de sal debe cumplir con los requisitos de seguridad alimentaria. Artículo 8 Las siguientes actividades están prohibidas en la producción y operación de sal: (1) Venta de sal líquida (incluida la salmuera natural) como sal de mesa (2) Venta de sal industrial y otras sales no comestibles. La sal se vende como sal de mesa;
(3) La sal hecha de suelo salino, suelo de nitrato o residuos de desechos industriales y líquidos residuales se vende como sal de mesa;
(4) Hervir salmuera de mina Hacer sal de mesa, o vender sal hervida con salmuera de mina como sal de mesa;
(5) Producción y operación de sal de mesa adulterada o mezclada con materias extrañas;
(6) ) Producir y operar otra sal que no cumpla con las leyes, reglamentos, reglas y normas de seguridad alimentaria.
Las unidades minoristas de sal tienen prohibido vender sal a granel, y los proveedores de servicios de catering tienen prohibido comprar, almacenar y utilizar sal a granel. Artículo 9 Debe haber una etiqueta en el paquete de sal de mesa. Está prohibido vender sal sin etiquetas o con etiquetas que no cumplan con las leyes, reglamentos, reglas y estándares de seguridad alimentaria.
La sal de mesa yodada debe estar claramente etiquetada con el contenido de yodo.
La etiqueta de la sal no yodada debe llevar marcada la mención “no yodada” en un lugar destacado. Artículo 10 Las empresas de producción y operación de sal deberán establecer, mejorar e implementar sistemas de gestión de seguridad alimentaria, implementar requisitos de control de procesos de producción y operación, equipar al personal de gestión de seguridad alimentaria de acuerdo con la ley e implementar responsabilidades de seguridad alimentaria. Artículo 11 Los productores y operadores de sal establecerán un sistema de trazabilidad de la calidad y la seguridad de la sal, implementarán un sistema de registro de todo el proceso para la producción y las ventas, registrarán y preservarán verazmente la inspección entrante, la inspección de fábrica, las ventas de sal y otra información de conformidad con las disposiciones del Ley de Seguridad Alimentaria para garantizar que se pueda rastrear la calidad y seguridad de la sal. El período de conservación de registros y comprobantes no será inferior a seis meses después de la expiración de la vida útil del producto, si no existe una vida útil clara, el período de conservación no será inferior a dos años.
Alentar a los productores y operadores de sal a utilizar la tecnología de la información para recopilar y retener información de producción y operación. Artículo 12 Los productores y comerciantes de sal establecerán un sistema de autoinspección de la seguridad alimentaria y realizarán inspecciones y evaluaciones periódicas de la calidad y seguridad de la sal. Si las condiciones de producción y operación cambian y ya no cumplen con los requisitos de seguridad alimentaria, los productores y operadores de sal deben tomar medidas correctivas de inmediato; si existe un riesgo potencial de accidentes de seguridad alimentaria, las actividades de producción y operación de sal deben detenerse inmediatamente e informar al condado local; -Informe del departamento de supervisión y gestión del mercado. Artículo 13 Si un productor u operador de sal descubre que la sal que produce u opera no cumple con los estándares de seguridad alimentaria o hay evidencia de que puede ser perjudicial para la salud humana, deberá detener inmediatamente la producción y operación e implementar un retiro de acuerdo con el ley.
Si un productor u operador de sal no cumple proactivamente con las obligaciones estipuladas en el párrafo anterior, el departamento de supervisión y gestión del mercado a nivel comarcal o superior podrá ordenarle que retire o cese sus operaciones.
Los productores y operadores de sal deben tomar medidas como el tratamiento inofensivo y la destrucción de la sal retirada de acuerdo con la ley para evitar que vuelva a ingresar al mercado. Artículo 14 Las empresas productoras y mayoristas de sal establecerán un sistema de notificación de accidentes y gestión de emergencias de seguridad alimentaria, establecerán una agencia de respuesta a emergencias, formularán planes de respuesta a emergencias, inspeccionarán periódicamente la implementación de las diversas medidas preventivas de la empresa y eliminarán los peligros para la seguridad alimentaria de manera oportuna. . Artículo 15 Los departamentos de supervisión y gestión del mercado a nivel de condado o superior, de acuerdo con los requisitos de gestión de riesgos de seguridad alimentaria, fortalecerán la supervisión y gestión de la calidad y seguridad de la sal, aumentarán la frecuencia de las inspecciones por muestreo de la calidad y seguridad de la sal, y organizar las empresas productoras de sal y los mayoristas de sal dentro de sus respectivas regiones administrativas. Las empresas son el centro de la supervisión e inspección. Artículo 16 Si los departamentos de supervisión y gestión del mercado a nivel de condado o superior descubren riesgos potenciales para la calidad y la seguridad de la sal durante la supervisión e inspección, el monitoreo de riesgos, la inspección por muestreo, la investigación de casos y otros trabajos, tomarán medidas efectivas de acuerdo con la ley para Prevenir y controlar los riesgos de calidad y seguridad de la sal.