¿Existe compensación por intento de violación sin lesiones en estado de ebriedad?
La ley estipula:
Artículo 236 de la "Ley Penal": Quien viole a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios será condenado a pena privativa de libertad no menor de de tres años pero no más de diez años.
El que violare a una joven menor de catorce años será severamente castigado por el delito de violación.
Quien viole a una mujer o a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte:
( a) Violar a una mujer o una niña;
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(2) Violar a mujeres, violar a varias niñas
(3) Violar a mujeres en público en lugares públicos; ;
(4) Violación en grupo de dos o más personas;
(5) Causar lesiones graves, muerte u otras consecuencias graves a la víctima.