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Disposiciones de la ciudad de Qingdao que prohíben la producción y restringen la venta de fuegos artificiales y petardos (revisadas en 2004)

Artículo 1 Con el fin de proteger la seguridad del Estado, la propiedad colectiva y la vida y la propiedad de los ciudadanos, y reducir la contaminación ambiental urbana, estas regulaciones se formulan de acuerdo con las leyes y regulaciones nacionales pertinentes y en combinación con la situación real de esta ciudad. Artículo 2 Estas regulaciones se aplican a las áreas urbanizadas de los distritos de Shinan, distrito de Shibei, distrito de Sifang, distrito de Licang y distrito de Laoshan. Artículo 3 El departamento de seguridad pública municipal es el departamento competente para la implementación de este reglamento.

Los departamentos pertinentes como gestión urbana, administración industrial y comercial, protección ambiental y transporte deberán, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades y este reglamento, hacer un buen trabajo en la gestión de prohibir la producción y restringir la producción. venta de fuegos artificiales y petardos. Artículo 4 Está prohibido hacer estallar fuegos artificiales y petardos (incluidos los electrónicos y otros petardos simulados, los mismos que se indican a continuación) en los siguientes lugares:

(1) Estaciones, muelles, aeropuertos y otros lugares públicos concurridos;

(2) Hospitales, escuelas, guarderías, lugares de descanso para personas mayores, etc. ;

(3) Techos, balcones, escaleras, pasillos, ventanas, etc. ;

(4) Montañas, espacios verdes, atracciones turísticas;

(5) Funerarias, cementerios y otros lugares de enterramiento;

(6) Reliquias culturales unidades o lugares de protección a nivel municipal o superior;

(7) Estaciones de servicio, estaciones (puntos) de suministro de gas licuado, depósitos de petróleo y otros lugares donde se producen y almacenan artículos inflamables y explosivos, y zonas libres dentro de los 100 metros a su alrededor;

(8) Otros lugares designados por el Gobierno Popular Municipal donde está prohibido el lanzamiento de fuegos artificiales y petardos. Artículo 5 Se podrán lanzar fuegos artificiales y petardos el día 23 del duodécimo mes lunar, la víspera de Año Nuevo, el día primero, segundo, tercero y decimoquinto del primer mes lunar. En el resto del horario están prohibidos los fuegos artificiales y petardos.

Si es necesario encender fuegos artificiales y petardos durante festivales importantes y celebraciones y celebraciones en toda la ciudad, la unidad patrocinadora deberá presentar una solicitud al departamento de seguridad pública municipal después de la revisión por parte del departamento de seguridad pública municipal. informará al gobierno popular municipal para su aprobación y emitirá un aviso, luego lo encenderá en el lugar y hora designados. Artículo 6 Se recomienda que los comités de vecinos y los comités de propietarios organicen a los residentes de la zona residencial para disparar fuegos artificiales y petardos en áreas al aire libre durante las horas permitidas, u organicen a los residentes para formular convenios de residentes y convenios de propietarios para acordar no encender fuegos artificiales y petardos en la zona residencial o en momentos y lugares concentrados. Artículo 7 Al encender fuegos artificiales y petardos, las personas deben prestar atención a la seguridad personal y de la propiedad, proteger la salud pública, respetar el orden social y respetar los derechos de los demás a trabajar, vivir, estudiar y descansar.

No está permitido lanzar fuegos artificiales y petardos a peatones, vehículos, edificios o estructuras, y no está permitido poner en peligro la seguridad de otras personas ni afectar el orden del tráfico. Artículo 8 Ninguna unidad o individuo podrá fabricar fuegos artificiales. Artículo 9 El negocio mayorista de fuegos artificiales y petardos será operado uniformemente por una unidad especializada aprobada por el departamento de seguridad pública y expedida una "Licencia de venta de explosivos".

Sin la aprobación de la autoridad de aprobación original, una unidad especializada en la venta al por mayor de fuegos artificiales y petardos no podrá transferir ni descomponer la licencia de venta, ni entregarla a otras unidades o personas para que se dediquen al negocio mayorista. de fuegos artificiales y petardos. Artículo 10 Quienes pretendan dedicarse al negocio minorista de fuegos artificiales y petardos deberán presentar una solicitud al departamento de seguridad pública del distrito y presentarla al departamento de seguridad pública municipal para su aprobación para obtener una "Licencia Temporal de Venta de Fuegos Artificiales y Petardos". Para solicitar una licencia temporal de venta de fuegos artificiales y petardos, debe cumplir con las siguientes condiciones:

(1) Tener una licencia comercial de persona jurídica para empresas mayoristas y minoristas de artículos de primera necesidad;

(2) Tener un local comercial fijo e independiente y almacenes especiales de almacenamiento;

(3) Los locales comerciales y almacenes de almacenamiento cuentan con instalaciones a prueba de fuego y explosión que cumplan con los requisitos;

(4) Otras condiciones especificadas por el departamento de seguridad pública municipal.

El departamento de seguridad pública del distrito revisará la solicitud dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción, presentará opiniones e informará al departamento de seguridad pública municipal. El departamento de seguridad pública municipal resolverá sobre su aprobación o desaprobación dentro de los cinco días. Si se decide no aprobar, se explicarán los motivos por escrito al solicitante.

Las unidades minoristas de fuegos artificiales y petardos deben comprar fuegos artificiales y petardos de unidades mayoristas especializadas en fuegos artificiales y petardos y venderlos entre el día 15 del duodécimo mes lunar y el día 15 del primer mes lunar. Artículo 11 Está prohibido vender y hacer estallar petardos, arrojar cañones, aplastar cañones y otros fuegos artificiales peligrosos.

Las variedades y especificaciones de los fuegos artificiales y petardos cuya venta y estallido está prohibido serán estipulados por el departamento de seguridad pública municipal. Artículo 12 Una unidad especializada en la venta al por mayor de fuegos artificiales y petardos que compre fuegos artificiales y petardos u obtenga aprobación para comprar fuegos artificiales y petardos deberá solicitar una "Licencia de transporte de explosivos" del departamento de seguridad pública municipal y hacer que las mercancías sean transportadas por una empresa con las características especificadas. calificaciones.

Artículo 13 Está prohibido transportar fuegos artificiales y petardos en transporte público como automóviles, barcos y aviones; está prohibido enviar o enviar fuegos artificiales y petardos; Artículo 14 Las unidades y las personas que violen estas regulaciones serán castigadas de acuerdo con las siguientes disposiciones:

(1) Las unidades que exploten fuegos artificiales y petardos en violación de las regulaciones serán multadas con 4.000 yuanes por el departamento de seguridad pública. o departamento de gestión urbana, y se le impondrá una multa de 4.000 yuanes según las circunstancias. La persona a cargo de la unidad y la persona que activa los fuegos artificiales recibirán una multa de 200 yuanes a 1.000 yuanes respectivamente;

(2) Las personas que enciendan fuegos artificiales y petardos en violación de las normas recibirán una multa de entre 100 y 1000 yuanes por parte del departamento de seguridad pública o del departamento de gestión urbana, según la gravedad del caso. Una multa de 1000 yuanes;

( 3) A las unidades y personas que fabriquen o vendan fuegos artificiales y petardos en violación de las normas, el departamento de seguridad pública o el departamento administrativo de industria y comercio confiscarán sus fuegos artificiales y petardos y sus ingresos ilegales

(3) La unidad o el individuo recibirá una multa de 4.000 yuanes. Se impondrá una multa de hasta 10.000 yuanes a la persona a cargo de la unidad y una multa de 500 a 2.000 yuanes a la persona a cargo de la unidad; se impondrá una multa de 500 a 2000 yuanes al individuo dependiendo de la gravedad del caso;

(4) Violación del artículo 12 Si se especifica, el departamento de seguridad pública confiscará los fuegos artificiales y petardos transportados, e imponer una multa de mil a dos mil yuanes al transportista;

(5) En caso de violación de las disposiciones del artículo 13, los departamentos pertinentes confiscarán los fuegos artificiales y petardos, si las circunstancias lo permiten. graves, serán entregados al departamento de seguridad pública para su manejo.