Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Los bancos eximen a los garantes de préstamos de obligaciones de diligencia debida?

¿Los bancos eximen a los garantes de préstamos de obligaciones de diligencia debida?

Subjetividad jurídica:

Se puede responsabilizar. Según las disposiciones legales pertinentes, si el derecho de un acreedor garantizado es propiedad y está garantizado por otros, y el deudor no cumple con la deuda vencida o las partes acuerdan realizar las garantías reales, el acreedor realizará los derechos del acreedor de conformidad con el acuerdo. si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, el deudor deberá proporcionar la propiedad por sí mismo. Si se proporciona una garantía, el acreedor tendrá prioridad en la realización de los derechos del acreedor con respecto a la garantía de la propiedad si un tercero proporciona la propiedad; garantía, el acreedor puede realizar los derechos del acreedor sobre la base de la garantía de propiedad, y también puede exigir que el garante asuma la responsabilidad de la garantía. Una vez que el tercero que proporciona la garantía asume la responsabilidad de la garantía, tiene derecho a recuperar del deudor.

Objetividad jurídica:

Artículo 392 del "Código Civil de la República Popular China" Si el derecho de un acreedor garantizado es a la vez una cosa y está garantizado por otra persona, el deudor no deberá cumplir la deuda vencida. O si las partes acuerdan realizar las garantías reales, el acreedor realizará los derechos del acreedor conforme al acuerdo, si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, y el deudor mismo proporciona la garantía de la cosa; el acreedor tendrá prioridad en la realización de los derechos del acreedor con respecto a la seguridad de la cosa, si un tercero proporciona garantía de propiedad, se puede garantizar que la propiedad realizará los derechos del acreedor, o se puede exigir al garante que soporte la garantía; responsabilidad. Una vez que el tercero que proporciona la garantía asume la responsabilidad de la garantía, tiene derecho a recuperar del deudor.