Hacer cumplir los términos del acuerdo
Base jurídica: "Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la implementación de la reconciliación".
Artículo 1: Las partes podrán voluntariamente negociar y llegar a un acuerdo transaccional, y cambiar el sujeto, objeto de la prestación, plazo, lugar y forma de los derechos y obligaciones especificados en el documento jurídico vigente de conformidad con la ley. .
Los acuerdos de conciliación generalmente se realizan por escrito.
Artículo 2: Después de llegar a un acuerdo de conciliación, el Tribunal Popular podrá decidir suspender la ejecución si se produce alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Las partes presentan un acuerdo de conciliación por escrito a el Tribunal Popular;
p>
(2) Una parte presenta un acuerdo de conciliación por escrito al Tribunal Popular y las otras partes lo aprueban;
(3) Las partes llegar a un acuerdo de conciliación oral, y el albacea registra el contenido del acuerdo de conciliación en la transcripción, y el Firmado o sellado por todas las partes.
Artículo 3: Una vez suspendida la ejecución, el tribunal popular podrá permitir que el sujeto de ejecución solicite el levantamiento del precinto, el embargo o el embargo.
Artículo 4: El mandatario encargado de realizar obligaciones de conciliación deberá contar con autorización especial del mandante.
Artículo 5 Si las partes llegan a un acuerdo mediante consulta, pueden cambiar el acuerdo de ejecución y presentar el acuerdo modificado al tribunal popular, o el ejecutor registrará el contenido modificado en el acta y lo firmará. por todas las partes o sello.